Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Seguros. (BOE-A-2024-27494)
Orden ECM/1501/2024, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los modelos estadístico-contables de los corredores de seguros, corredores de reaseguros, agentes de seguros vinculados y operadores de banca-seguros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 186969
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
27494
Orden ECM/1501/2024, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los
modelos estadístico-contables de los corredores de seguros, corredores de
reaseguros, agentes de seguros vinculados y operadores de banca-seguros.
I
El conocimiento profundo del funcionamiento del sector asegurador pasa
necesariamente por conocer la forma en la que se distribuyen los productos aseguradores,
siendo el momento de la comercialización fundamental en la garantía de los derechos de
los clientes. Igualmente, la información sobre la actividad desarrollada por los agentes de
seguros vinculados y operadores de banca-seguros constituye un instrumento básico para
el análisis y diagnóstico de la evolución del mercado de seguros.
El análisis de los datos permite la mejora de la eficacia de las tareas de supervisión,
proporcionando una mayor protección a los asegurados, que es la razón de ser de esta
actividad pública, tal y como se recoge en el artículo 1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
La obtención de información y su utilización es indispensable para el ejercicio de las
competencias administrativas concernientes al control y la supervisión de su actividad.
En este sentido, los artículos 18, 20 y 22 del Real Decreto 287/2021, de 20 de abril,
sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de
seguros y reaseguros, establecen la obligación de remitir, a través de la sede electrónica
de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, la información contable y
del negocio anual, ajustándose a los modelos que se aprueben mediante orden de la
persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (en
adelante Ministerio de Economía, Comercio y Empresa).
Los modelos actualmente utilizados son los previstos en los artículos 7 y 9 del Real
Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de
mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable
y del negocio, y de competencia profesional, ya derogado, cuya vigencia provisional se
regula en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, hasta
la aprobación, mediante orden de la persona titular del Ministerio de Economía, Comercio y
Empresa, de nuevos modelos adaptados a la vigente normativa legal de distribución.
Tras la aprobación del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por
el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea
en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de
planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, y del subsiguiente
Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, se hace preciso adaptar los modelos para actualizar la
información remitida al supervisor sobre la formación impartida a las personas que participan
en la distribución de seguros, la actividad de los servicios de atención al cliente, la distribución
territorial de la cartera de seguros, el negocio distribuido en el mercado europeo en libre
prestación de servicios y derecho de establecimiento, y las actividades externalizadas.
Por tanto, los modelos de la documentación estadístico-contable de los mediadores de
seguros, incluidos los mediadores de seguros complementarios, aportarán información
cuantitativa sobre la contribución de los mediadores de seguros a la actividad aseguradora
e incorporarán datos de carácter cualitativo para conocer cuestiones organizativas y de
distribución geográfica de las pólizas intermediadas.
cve: BOE-A-2024-27494
Verificable en https://www.boe.es
II
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 186969
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
27494
Orden ECM/1501/2024, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los
modelos estadístico-contables de los corredores de seguros, corredores de
reaseguros, agentes de seguros vinculados y operadores de banca-seguros.
I
El conocimiento profundo del funcionamiento del sector asegurador pasa
necesariamente por conocer la forma en la que se distribuyen los productos aseguradores,
siendo el momento de la comercialización fundamental en la garantía de los derechos de
los clientes. Igualmente, la información sobre la actividad desarrollada por los agentes de
seguros vinculados y operadores de banca-seguros constituye un instrumento básico para
el análisis y diagnóstico de la evolución del mercado de seguros.
El análisis de los datos permite la mejora de la eficacia de las tareas de supervisión,
proporcionando una mayor protección a los asegurados, que es la razón de ser de esta
actividad pública, tal y como se recoge en el artículo 1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
La obtención de información y su utilización es indispensable para el ejercicio de las
competencias administrativas concernientes al control y la supervisión de su actividad.
En este sentido, los artículos 18, 20 y 22 del Real Decreto 287/2021, de 20 de abril,
sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de
seguros y reaseguros, establecen la obligación de remitir, a través de la sede electrónica
de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, la información contable y
del negocio anual, ajustándose a los modelos que se aprueben mediante orden de la
persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (en
adelante Ministerio de Economía, Comercio y Empresa).
Los modelos actualmente utilizados son los previstos en los artículos 7 y 9 del Real
Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de
mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable
y del negocio, y de competencia profesional, ya derogado, cuya vigencia provisional se
regula en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, hasta
la aprobación, mediante orden de la persona titular del Ministerio de Economía, Comercio y
Empresa, de nuevos modelos adaptados a la vigente normativa legal de distribución.
Tras la aprobación del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por
el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea
en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de
planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, y del subsiguiente
Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, se hace preciso adaptar los modelos para actualizar la
información remitida al supervisor sobre la formación impartida a las personas que participan
en la distribución de seguros, la actividad de los servicios de atención al cliente, la distribución
territorial de la cartera de seguros, el negocio distribuido en el mercado europeo en libre
prestación de servicios y derecho de establecimiento, y las actividades externalizadas.
Por tanto, los modelos de la documentación estadístico-contable de los mediadores de
seguros, incluidos los mediadores de seguros complementarios, aportarán información
cuantitativa sobre la contribución de los mediadores de seguros a la actividad aseguradora
e incorporarán datos de carácter cualitativo para conocer cuestiones organizativas y de
distribución geográfica de las pólizas intermediadas.
cve: BOE-A-2024-27494
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