Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-27298)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 185002
3.2 Las pruebas de la fase de oposición de los procesos selectivos son las que
figuran en los anexos I, promoción interna, y II, acceso libre.
3.3 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la
Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
4.
Requisitos de las personas aspirantes
Las personas aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como
funcionarios/as de carrera, además de los enumerados en el apartado Décimo de la
Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los siguientes requisitos:
4.1 Nacionalidad española, de acuerdo con el Real Decreto 543/2001, de 18 de
mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus
Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el
derecho a la libre circulación de trabajadores.
4.2 Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de
jubilación forzosa.
4.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico.
Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la
que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este
requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
En el caso del personal funcionario que concurra a la convocatoria de promoción
interna, según lo previsto en la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, se podrá poseer, en lugar de la titulación, una antigüedad de diez años
en cuerpos o escalas del subgrupo C2 de la Administración General del Estado, o de
cinco años y haber superado el curso específico de formación.
4.4 Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones
que se deriven del puesto a desempeñar.
4.5 Las personas aspirantes que concurran a la convocatoria por promoción interna
deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:
– Personal funcionario: Pertenecer como funcionario/a de carrera a alguno de los
Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo C2, o a
Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al subgrupo C2, o a Cuerpos o
Escalas del subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en
la Administración General del Estado.
– Personal laboral fijo: Pertenecer a las categorías de Técnico/a 1.º recaudación o
Técnico/a 1.º administrativa y tributaria del Grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo
del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
cve: BOE-A-2024-27298
Verificable en https://www.boe.es
a) Pertenecer, como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo a
alguno de los siguientes colectivos:
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 185002
3.2 Las pruebas de la fase de oposición de los procesos selectivos son las que
figuran en los anexos I, promoción interna, y II, acceso libre.
3.3 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la
Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
4.
Requisitos de las personas aspirantes
Las personas aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como
funcionarios/as de carrera, además de los enumerados en el apartado Décimo de la
Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los siguientes requisitos:
4.1 Nacionalidad española, de acuerdo con el Real Decreto 543/2001, de 18 de
mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus
Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el
derecho a la libre circulación de trabajadores.
4.2 Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de
jubilación forzosa.
4.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico.
Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la
que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este
requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
En el caso del personal funcionario que concurra a la convocatoria de promoción
interna, según lo previsto en la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, se podrá poseer, en lugar de la titulación, una antigüedad de diez años
en cuerpos o escalas del subgrupo C2 de la Administración General del Estado, o de
cinco años y haber superado el curso específico de formación.
4.4 Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones
que se deriven del puesto a desempeñar.
4.5 Las personas aspirantes que concurran a la convocatoria por promoción interna
deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:
– Personal funcionario: Pertenecer como funcionario/a de carrera a alguno de los
Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo C2, o a
Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al subgrupo C2, o a Cuerpos o
Escalas del subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en
la Administración General del Estado.
– Personal laboral fijo: Pertenecer a las categorías de Técnico/a 1.º recaudación o
Técnico/a 1.º administrativa y tributaria del Grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo
del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
cve: BOE-A-2024-27298
Verificable en https://www.boe.es
a) Pertenecer, como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo a
alguno de los siguientes colectivos: