Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-27298)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 28 de diciembre de 2024
1.2

Sec. II.B. Pág. 185013

Personal laboral:

a) Antigüedad: Se valorarán los servicios efectivos prestados como personal laboral
fijo en las categorías de Técnico/a 1.º recaudación, Técnico 1.º administrativo y tributario,
Jefe Ejecutivo, Agente Ejecutivo, Agente Tributario u Oficial 1.º Administrativo del Grupo
Profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, a razón de un punto por año completo de servicios efectivos
prestados, hasta alcanzar un máximo de 33 puntos.
Igualmente se valorará, en los mismos términos, la experiencia acreditada por los
candidatos que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones
idénticas o análogas a las propias del cuerpo y especialidad al que se refiere la presente
convocatoria.
b) Categoría profesional: Se valorará el tiempo de permanencia como personal
laboral fijo en las categorías de Técnico/a 1.º recaudación, Técnico 1.º administrativo y
tributario, Jefe Ejecutivo, Agente Ejecutivo, Agente Tributario u Oficial 1.º Administrativo
del grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, a razón de un punto por año completo de servicio,
hasta un máximo de 22 puntos.
A las personas aspirantes que superen la fase de oposición pero que no superen el
proceso selectivo al no reunir los méritos suficientes en la fase de concurso, además de
las exenciones previstas, se les otorgará, como mérito adicional en la fase de concurso
de las dos convocatorias inmediatas siguientes, una puntuación de tres puntos. Esta
puntuación adicional quedará sin efecto si la persona aspirante optara por realizar la
prueba o pruebas de las que hubiera quedado exenta.
2. La lista que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará
pública en la sede electrónica de la Agencia Tributaria indicada en las bases específicas
y en cuantos lugares se consideren oportunos, con indicación de la puntuación obtenida
en cada mérito y la total.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las
alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, se publicará la relación con la valoración
definitiva de la fase de concurso.
B.3

Calificación de la fase de concurso

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los méritos a valorar.
Calificación final del proceso selectivo

La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
En caso de igualdad de puntuación final entre dos o más personas aspirantes se
atenderá, en primer lugar, a la puntuación obtenida en la fase de oposición y,
posteriormente, a cada uno de los méritos enumerados en la fase de concurso,
siguiendo el orden en ellos establecido. En el caso de persistir el empate se atenderá, en
primer lugar, al número de orden obtenido en el proceso selectivo en el Cuerpo desde el
que se participa, siempre que se trate del mismo proceso selectivo. De no ser posible el
desempate por esta vía, se dirimirá en favor de la persona aspirante que antes haya
adquirido la condición de personal funcionario de carrera de dicho Cuerpo.
D.

Destinos

De conformidad con lo previsto en el párrafo segundo del artículo 78.2 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del

cve: BOE-A-2024-27298
Verificable en https://www.boe.es

C.