Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. (BOE-A-2024-27299)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 185033
puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, el Libro Segundo del Real Decreto-ley 6/2023, el
resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Madrid, 20 de diciembre de 2024.–El Presidente de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, P.D. (Resolución de 9 de mayo de 2022), la Directora del
Departamento de Recursos Humanos, Consuelo Sánchez García.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de dos fases: oposición y curso selectivo.
A.
Fase de oposición
A.1 Ejercicios
1.
Primer ejercicio.
Este ejercicio está vinculado con la acreditación del conocimiento teórico de la
normativa de aplicación relacionada con las funciones de orden jurídico ligadas a las
funciones propias y a las funciones transversales en el desempeño de las competencias
cve: BOE-A-2024-27299
Verificable en https://www.boe.es
La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos obligatorios y
eliminatorios.
El tipo de pruebas que se plantean en la fase de oposición están relacionadas con
las competencias profesionales del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda y el
desempeño de las funciones a desarrollar por el personal funcionario de dicho cuerpo
que, entre otras cuestiones, requieren de amplios conocimientos en materia de gestión,
inspección, recaudación del sistema tributario estatal, así como del sistema aduanero.
Esas funciones implican la rigurosa aplicación de los procedimientos regulados que
incluyen la elaboración de informes, propuestas de resolución, identificación de
infracciones tributarias, entre otras, por lo que es necesario incluir en esta fase pruebas
que permitan calificar, además de los conocimientos sobre las materias indicadas en el
párrafo anterior, la destreza de los aspirantes en la redacción de las respuestas a
preguntas abiertas relacionadas en esas materias.
Del mismo modo y como consecuencia de la armonización fiscal de la Unión
Europea, el desempeño de las funciones del Cuerpo Superior de Inspectores de
Hacienda implica de forma habitual el tratamiento de documentación emitida en distintos
idiomas oficiales de la Unión Europea, para lo que es necesario el conocimiento de
alguno de los más utilizados.
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 185033
puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, el Libro Segundo del Real Decreto-ley 6/2023, el
resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Madrid, 20 de diciembre de 2024.–El Presidente de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, P.D. (Resolución de 9 de mayo de 2022), la Directora del
Departamento de Recursos Humanos, Consuelo Sánchez García.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de dos fases: oposición y curso selectivo.
A.
Fase de oposición
A.1 Ejercicios
1.
Primer ejercicio.
Este ejercicio está vinculado con la acreditación del conocimiento teórico de la
normativa de aplicación relacionada con las funciones de orden jurídico ligadas a las
funciones propias y a las funciones transversales en el desempeño de las competencias
cve: BOE-A-2024-27299
Verificable en https://www.boe.es
La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos obligatorios y
eliminatorios.
El tipo de pruebas que se plantean en la fase de oposición están relacionadas con
las competencias profesionales del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda y el
desempeño de las funciones a desarrollar por el personal funcionario de dicho cuerpo
que, entre otras cuestiones, requieren de amplios conocimientos en materia de gestión,
inspección, recaudación del sistema tributario estatal, así como del sistema aduanero.
Esas funciones implican la rigurosa aplicación de los procedimientos regulados que
incluyen la elaboración de informes, propuestas de resolución, identificación de
infracciones tributarias, entre otras, por lo que es necesario incluir en esta fase pruebas
que permitan calificar, además de los conocimientos sobre las materias indicadas en el
párrafo anterior, la destreza de los aspirantes en la redacción de las respuestas a
preguntas abiertas relacionadas en esas materias.
Del mismo modo y como consecuencia de la armonización fiscal de la Unión
Europea, el desempeño de las funciones del Cuerpo Superior de Inspectores de
Hacienda implica de forma habitual el tratamiento de documentación emitida en distintos
idiomas oficiales de la Unión Europea, para lo que es necesario el conocimiento de
alguno de los más utilizados.