Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2024-27297)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 184990

pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
13.2 En caso de no poder realizar alguno de los ejercicios del presente proceso
selectivo antes de la publicación de la relación de personas aspirantes que hayan
superado la fase de oposición, se reservarán, si procede, las puntuaciones obtenidas en
los ejercicios superados en esta convocatoria hasta el proceso selectivo inmediato
siguiente, siempre que participe por idéntico sistema de acceso y cumpla los requisitos
de participación previstos en la convocatoria del mismo. El resto de las pruebas serán
realizadas en las fechas que se establezcan, en igualdad de condiciones que las demás
personas aspirantes, quedando condicionada la superación de la fase de oposición a la
de la prueba o pruebas aplazadas.
Las aspirantes afectadas por esta medida serán nombradas funcionarias en prácticas
en la convocatoria en la que superen todos y cada uno de los ejercicios de los que
consta la fase de oposición.
14.

Pie de recurso

14.1 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes
desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o bien recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado», ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de
reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Madrid, 20 de diciembre de 2024.–El Presidente de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, P. D. (Resolución de 9 de mayo de 2022), la Directora del
Departamento de Recursos Humanos, Consuelo Sánchez García.
ANEXO I
Programa
ANEXO I.1
ANEXO I.1.1
Organización del Estado y de la Administración Pública y Derecho Administrativo
Especialidades Investigación y Marítima
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y
deberes fundamentales, garantías y suspensión de los mismos. La Protección de los
datos personales y garantías de los derechos digitales. El Tribunal Constitucional y el
Defensor del Pueblo. El Poder Judicial. La Corona.
Tema 2. La Unión Europea. El Tratado de la Unión Europea. Las políticas de la
Unión. La libre circulación de mercancías. La libre circulación de personas. La libre
circulación de capitales y pagos. Las Instituciones y Órganos de la Unión Europea. El
Parlamento Europeo. El Consejo. La Comisión. El Tribunal de Cuentas. Otros órganos de
la Unión.
Tema 3. El Gobierno y la Administración. El Gobierno abierto. Concepto y principios
informadores: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas.

cve: BOE-A-2024-27297
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Núm. 313