Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-27382)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Hibridación del parque eólico PE Hazaña eólico, de 18,3 MW de potencia instalada, y para su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Teruel».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 185466
los valores de radiación emitidos están muy por debajo de los valores límite
recomendados, esto es, 100 μT para el campo magnético a la frecuencia de la red,
50Hz. El estudio de campos electromagnéticos indica que el cálculo no tiene en cuenta
el campo generado por posibles los transformadores, sólo por los conductores. Esta
simplificación no afecta de forma significativa a los resultados obtenidos según se indica
en UNE-CLC/TR-50453.
Las instalaciones proyectadas se ubican en el coto deportivo de caza El Pinar, con
matrícula TE-10.200. Se trata de un coto con una superficie de 140,55 km2, dedicado a la
caza menor, regentado por la Sociedad de Cazadores El Pinar.
En base a la información publicada por el Gobierno de Aragón del Inventario Minero,
el ámbito de estudio no afecta a la delimitación de ninguna explotación en uso, solicitud
de derechos de explotación o permisos de investigación.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos
El Parque Eólico Hazaña Eólico forma parte del clúster «Titán», un conjunto de 16
parques híbridos, compuesto de 16 plantas fotovoltaicas existentes y en explotación con
una potencia total de 608,48 MW y los nuevos módulos de tecnología eólica. En total,
contando con el P.E. Hazaña Eólico, se sumarían 53 nuevos aerogeneradores de 6,10
MW cada uno, por un total de 323,30 MW, dando como resultado un complejo de
energías renovables de 931,78 MW.
En la actualidad, se encuentran en funcionamiento en un radio de 10 Km, los
Parques Eólicos Aes, Aelo, Calasi, Aequitas, Arvales, Augur, Albuena, Anteo, Arete,
Axilo, Carmenta, Insitor, Halio y Candelaria. Forman un clúster de 85 aerogeneradores y
una potencia total de 510 MW.
Consta, asimismo, la tramitación sustantiva en curso de otros tres proyectos de
energías renovables, que en algunos casos coinciden con la ubicación de los
aerogeneradores de este proyecto.
El estudio de impacto ambiental aportado ha sido redactado de forma común a los 16
proyectos sometidos a tramitación y alude a la futura tramitación por el promotor de una
tercera fase, compuesta por 12 aerogeneradores más.
En las proximidades del proyecto, existen una amplia red de líneas eléctricas de alta
tensión, que comunican centros de generación de energía.
La inclusión del clúster «Titan» supone un aumento del 0,02 % en el impacto visual
ocasionado por la infraestructura eléctrica presente y proyectada, pasándose de
un 87,31 % de superficie impactada a un 87,33 %. Esto provoca un incremento del
impacto visual sinérgico sea muy bajo. Respecto al paisaje, las nuevas infraestructuras
proyectadas supondrán en fase de explotación un extenso elemento visual artificial, que
se sumaría al resto de infraestructuras existentes y proyectadas, incrementando la
antropización del medio.
Para la vegetación, la extensión ocupada, tanto en términos absolutos como en
términos relativos al ámbito de estudio unido a que son terrenos agrícolas, se puede
considerar los efectos sinérgicos como bajos.
En cuanto a los efectos sinérgicos y acumulativos sobre la fauna, el principal impacto
está relacionado con la pérdida y fragmentación de hábitat, al que se añade el impacto de
los aerogeneradores, que supone un riesgo de colisión para la avifauna. A su vez, destaca
el efecto barrera ocasionado por todos los proyectos de energías renovables y líneas
eléctricas en tramitación actual o futura, que se uniría a las infraestructuras ya existentes.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de
que se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario
conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
fue remitida a la Dirección General de Medio Natural, Caza y Pesca, a la Dirección
General de Calidad Ambiental, Dirección General de Gestión Forestal y al Instituto
Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón, el 30 de septiembre
de 2024, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo
cve: BOE-A-2024-27382
Verificable en https://www.boe.es
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Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 185466
los valores de radiación emitidos están muy por debajo de los valores límite
recomendados, esto es, 100 μT para el campo magnético a la frecuencia de la red,
50Hz. El estudio de campos electromagnéticos indica que el cálculo no tiene en cuenta
el campo generado por posibles los transformadores, sólo por los conductores. Esta
simplificación no afecta de forma significativa a los resultados obtenidos según se indica
en UNE-CLC/TR-50453.
Las instalaciones proyectadas se ubican en el coto deportivo de caza El Pinar, con
matrícula TE-10.200. Se trata de un coto con una superficie de 140,55 km2, dedicado a la
caza menor, regentado por la Sociedad de Cazadores El Pinar.
En base a la información publicada por el Gobierno de Aragón del Inventario Minero,
el ámbito de estudio no afecta a la delimitación de ninguna explotación en uso, solicitud
de derechos de explotación o permisos de investigación.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos
El Parque Eólico Hazaña Eólico forma parte del clúster «Titán», un conjunto de 16
parques híbridos, compuesto de 16 plantas fotovoltaicas existentes y en explotación con
una potencia total de 608,48 MW y los nuevos módulos de tecnología eólica. En total,
contando con el P.E. Hazaña Eólico, se sumarían 53 nuevos aerogeneradores de 6,10
MW cada uno, por un total de 323,30 MW, dando como resultado un complejo de
energías renovables de 931,78 MW.
En la actualidad, se encuentran en funcionamiento en un radio de 10 Km, los
Parques Eólicos Aes, Aelo, Calasi, Aequitas, Arvales, Augur, Albuena, Anteo, Arete,
Axilo, Carmenta, Insitor, Halio y Candelaria. Forman un clúster de 85 aerogeneradores y
una potencia total de 510 MW.
Consta, asimismo, la tramitación sustantiva en curso de otros tres proyectos de
energías renovables, que en algunos casos coinciden con la ubicación de los
aerogeneradores de este proyecto.
El estudio de impacto ambiental aportado ha sido redactado de forma común a los 16
proyectos sometidos a tramitación y alude a la futura tramitación por el promotor de una
tercera fase, compuesta por 12 aerogeneradores más.
En las proximidades del proyecto, existen una amplia red de líneas eléctricas de alta
tensión, que comunican centros de generación de energía.
La inclusión del clúster «Titan» supone un aumento del 0,02 % en el impacto visual
ocasionado por la infraestructura eléctrica presente y proyectada, pasándose de
un 87,31 % de superficie impactada a un 87,33 %. Esto provoca un incremento del
impacto visual sinérgico sea muy bajo. Respecto al paisaje, las nuevas infraestructuras
proyectadas supondrán en fase de explotación un extenso elemento visual artificial, que
se sumaría al resto de infraestructuras existentes y proyectadas, incrementando la
antropización del medio.
Para la vegetación, la extensión ocupada, tanto en términos absolutos como en
términos relativos al ámbito de estudio unido a que son terrenos agrícolas, se puede
considerar los efectos sinérgicos como bajos.
En cuanto a los efectos sinérgicos y acumulativos sobre la fauna, el principal impacto
está relacionado con la pérdida y fragmentación de hábitat, al que se añade el impacto de
los aerogeneradores, que supone un riesgo de colisión para la avifauna. A su vez, destaca
el efecto barrera ocasionado por todos los proyectos de energías renovables y líneas
eléctricas en tramitación actual o futura, que se uniría a las infraestructuras ya existentes.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de
que se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario
conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
fue remitida a la Dirección General de Medio Natural, Caza y Pesca, a la Dirección
General de Calidad Ambiental, Dirección General de Gestión Forestal y al Instituto
Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón, el 30 de septiembre
de 2024, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo
cve: BOE-A-2024-27382
Verificable en https://www.boe.es
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