Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-27383)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Hibridación del parque eólico PE Escarnes Eólico, de 18,3 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación asociada, en las provincias de Teruel y Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 28 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 185472

gestionados posteriormente mediante gestor autorizado de residuos peligrosos. Se
deberá tener constancia de las autorizaciones de los gestores de los residuos, de los
transportistas y de los vertederos.
Una parte de las tierras procedentes de la excavación será reutilizada en la propia
obra, para relleno y explanación.
Se plantea una zona de acopio, pero no se determina su localización.
5.

Afección por utilización de recursos naturales.

Los trabajos de construcción van a deteriorar los suelos directamente afectados por
las instalaciones, bien por la ocupación directa por las mismas, por la compactación al
ser temporalmente ocupados por la maquinaria o acopios de materiales, así como por
los movimientos de tierras del parque eólico, para la ejecución de nuevos viales,
acondicionamiento de los existentes, la ejecución de las plataformas de los
aerogeneradores y las zanjas para la canalización eléctrica de media tensión entre
aerogeneradores. Por ello, se intentará compensar el volumen de desmonte y
terraplenes para aprovechar al máximo las tierras, de forma que el transporte de tierras a
vertedero se vea reducido al mínimo posible.
El balance de tierras del proyecto, excluidos los viales, es de 17.539,83 m3 en
excavación y 16.639,77 m3 en terraplén, por lo que se generará un excedente de tierras
de 900,06 m3.
En cuanto a los viales, se prevé construir 29.939 km de viales de acceso. Sin
embargo, los accesos al parque se realizarán por caminos existentes, siempre que sea
posible, pero se deberá aumentar la anchura de los caminos hasta un mínimo de 6 m de
ancho. En relación a las zanjas se prevé abrir una longitud total de 14,328 km de zanjas,
para la línea eléctrica de evacuación, las cuales tendrán una anchura entre 0,4 m y 1 m y
una profundidad de 1,45 m. Por ello, el volumen de tierras a excavar por este concepto
se estima en unos 2.572,87 m3.
Durante las obras del proyecto, se utilizará agua para llevar a cabo la humectación,
cuando sea necesario, de los viales internos utilizados por la maquinaria y los vehículos,
con el objetivo de reducir la emisión de polvo derivada de su actividad. El mayor
consumo de agua derivará de la cimentación de los aerogeneradores, sin perjuicio del
uso de las instalaciones de higiene.
Afección al patrimonio cultural.

El EsIA recoge que no existe afección sobre yacimientos conocidos. Por otro lado, no
se han llevado a cabo trabajos de prospección arqueológica previa, ni se ha procedido a
la redacción del informe de prospección arqueológica y paleontológica para analizar
posibles afecciones al patrimonio arqueológico y paleontológico derivadas del proyecto
de estudio y para proponer las medidas preventivas y correctoras que se estimen
oportunas para evitar o mitigar dichas afecciones.
En cuanto a los Bienes de Interés Cultural (BIC), según el visor de Patrimonio
Arquitectónico del Gobierno de Aragón, a 8,4 km al oeste del aerogenerador ESC_1, se
encuentra «La Torre-Fortín de Samper de Calanda», que se trata de una construcción
realizada para defensa en las guerras carlistas y a 10 km al este el aerogenerador
ESC_2 se encuentra «Cabezo Sellado» que está incluido dentro de la relación de cuevas
y abrigos con manifestaciones de arte rupestre.
Un vial y la línea de evacuación del Parque Eólico Escarnes Eólico ocupan parte del
dominio público pecuario. En concreto, la línea de evacuación utiliza unos 400 metros de
la vereda «Cordel de Caspe» y los viales de acceso utilizan 3 km de la vereda «Cordel
de Caspe» y unos 6 km de la vereda «Paso Samper a Alcañiz».
7.

Incidencia socio-económica sobre el territorio.

Las instalaciones proyectadas afectan a los términos municipales de Samper de
Calanda, en la provincia de Teruel, y Escatrón, en la provincia de Zaragoza localizándose

cve: BOE-A-2024-27383
Verificable en https://www.boe.es

6.