Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-27389)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación «la Caixa», en el marco de la convocatoria «CaixaResearch Health Call 2024», Proyecto GReat/HR24-00445.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 185493
– En caso de que, por cualquier circunstancia, la Institución incumpla su obligación
de informar a la Fundación «la Caixa» sobre cualquier hecho que pueda afectar
negativamente la imagen y reputación de la Fundación «la Caixa» (incluyendo, a título
enunciativo y no limitativo, la obligación de informar sobre cualquier caso de conducta
científica inapropiada relacionada o que pueda tener un efecto, directo o indirecto, en el
Proyecto, según lo establecido en la política de integridad en la investigación de la
Fundación «la Caixa»).
– Retraso importante en el cumplimiento de los hitos o plazos del Proyecto.
– Cambio, sustitución, retirada o dimisión del Líder del Proyecto.
– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
– Promulgación de disposiciones legales o reglamentarias que impidan su cumplimiento.
En caso de producirse la terminación anticipada de este convenio, los importes
acordados no se entregarán después de esa fecha. Si esa terminación se debe a causas
imputables a la Institución, esta deberá devolver los importes recibidos y no asignados a
los objetivos previstos en el convenio.
Asimismo, en el supuesto de que existiesen actuaciones en curso de ejecución, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 52.3 de la LRJSP, se podrá acordar la continuación
y finalización de éstas en un plazo improrrogable, transcurrido el cual el convenio deberá
liquidarse. Dicho plazo se fijaría por las partes cuando se resolviera el convenio.
Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 52 de la LRJSP en relación con
los efectos de la resolución de los convenios, a lo que las partes firmantes quedan
sometidas en lo que les sea de aplicación.
Décima.
Colaboración o ayuda de terceros.
Todo acuerdo de patrocinio o mecenazgo que la Institución desee celebrar con
terceros en relación con el Proyecto deberá ser compatible con este convenio y respetar
sus disposiciones; en todo caso, la Institución deberá notificar previamente a la
Fundación «la Caixa» su intención de colaborar con el tercero de que se trate, y la
Fundación «la Caixa» podrá oponerse a esa participación si considera que existen
motivos fundados para ello.
De igual modo, la Institución notificará a la Fundación «la Caixa» la obtención de
cualquier ayuda o subvención en relación con el Proyecto.
Undécima. Tratamiento de datos personales y Confidencialidad.
Tratamiento de datos personales.
a) Los responsables de tratar los datos personales son las partes signatarias; los
datos de contacto del delegado de protección de datos (DPO, por sus siglas en inglés) o
del responsable de seguridad respectivo son:
– Datos del delegado de protección de datos de la Fundación «la Caixa»: correo
electrónico: dpd@fundacionlacaixa.org; dirección postal: Avinguda Diagonal, 621-629,
08028 Barcelona.
– Datos del delegado de protección de datos de la Institución: correo electrónico:
delegadoprotecciondatos@csic.es; dirección postal: Calle de Serrano 117,
CP 28006 Madrid.
cve: BOE-A-2024-27389
Verificable en https://www.boe.es
Los datos personales de los intervinientes y, en su caso, de los empleados/
colaboradores que actúen por cuenta de cada una de las partes serán tratados por la
otra correspondiente parte para gestionar la relación de colaboración, siendo el objeto de
ese tratamiento la materialización de dicha relación. Los datos se conservarán mientras
dure la relación e incluso una vez finalizada esta, hasta que hayan transcurrido los
plazos legales de prescripción. A partir de ese momento, los datos se eliminarán, o al
menos se anonimizarán. Se informa a las partes interesadas de lo siguiente:
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 185493
– En caso de que, por cualquier circunstancia, la Institución incumpla su obligación
de informar a la Fundación «la Caixa» sobre cualquier hecho que pueda afectar
negativamente la imagen y reputación de la Fundación «la Caixa» (incluyendo, a título
enunciativo y no limitativo, la obligación de informar sobre cualquier caso de conducta
científica inapropiada relacionada o que pueda tener un efecto, directo o indirecto, en el
Proyecto, según lo establecido en la política de integridad en la investigación de la
Fundación «la Caixa»).
– Retraso importante en el cumplimiento de los hitos o plazos del Proyecto.
– Cambio, sustitución, retirada o dimisión del Líder del Proyecto.
– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
– Promulgación de disposiciones legales o reglamentarias que impidan su cumplimiento.
En caso de producirse la terminación anticipada de este convenio, los importes
acordados no se entregarán después de esa fecha. Si esa terminación se debe a causas
imputables a la Institución, esta deberá devolver los importes recibidos y no asignados a
los objetivos previstos en el convenio.
Asimismo, en el supuesto de que existiesen actuaciones en curso de ejecución, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 52.3 de la LRJSP, se podrá acordar la continuación
y finalización de éstas en un plazo improrrogable, transcurrido el cual el convenio deberá
liquidarse. Dicho plazo se fijaría por las partes cuando se resolviera el convenio.
Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 52 de la LRJSP en relación con
los efectos de la resolución de los convenios, a lo que las partes firmantes quedan
sometidas en lo que les sea de aplicación.
Décima.
Colaboración o ayuda de terceros.
Todo acuerdo de patrocinio o mecenazgo que la Institución desee celebrar con
terceros en relación con el Proyecto deberá ser compatible con este convenio y respetar
sus disposiciones; en todo caso, la Institución deberá notificar previamente a la
Fundación «la Caixa» su intención de colaborar con el tercero de que se trate, y la
Fundación «la Caixa» podrá oponerse a esa participación si considera que existen
motivos fundados para ello.
De igual modo, la Institución notificará a la Fundación «la Caixa» la obtención de
cualquier ayuda o subvención en relación con el Proyecto.
Undécima. Tratamiento de datos personales y Confidencialidad.
Tratamiento de datos personales.
a) Los responsables de tratar los datos personales son las partes signatarias; los
datos de contacto del delegado de protección de datos (DPO, por sus siglas en inglés) o
del responsable de seguridad respectivo son:
– Datos del delegado de protección de datos de la Fundación «la Caixa»: correo
electrónico: dpd@fundacionlacaixa.org; dirección postal: Avinguda Diagonal, 621-629,
08028 Barcelona.
– Datos del delegado de protección de datos de la Institución: correo electrónico:
delegadoprotecciondatos@csic.es; dirección postal: Calle de Serrano 117,
CP 28006 Madrid.
cve: BOE-A-2024-27389
Verificable en https://www.boe.es
Los datos personales de los intervinientes y, en su caso, de los empleados/
colaboradores que actúen por cuenta de cada una de las partes serán tratados por la
otra correspondiente parte para gestionar la relación de colaboración, siendo el objeto de
ese tratamiento la materialización de dicha relación. Los datos se conservarán mientras
dure la relación e incluso una vez finalizada esta, hasta que hayan transcurrido los
plazos legales de prescripción. A partir de ese momento, los datos se eliminarán, o al
menos se anonimizarán. Se informa a las partes interesadas de lo siguiente: