Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Impuestos. (BOE-A-2024-27285)
Orden HAC/1484/2024, de 26 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 182632
actividad del vehículo, establecidos en la tabla e instrucciones que se recogen en el
anexo IV de esta orden.
Segunda. Cuando se trate de medios de transporte que hubieran estado
previamente matriculados en el extranjero y que sean objeto de primera matriculación
definitiva en España teniendo la condición de usados, del valor de mercado calculado
teniendo en cuenta lo señalado en la regla primera anterior, se minorará el importe
residual de las cuotas de los impuestos indirectos. Para ello se podrá utilizar la siguiente
fórmula:
VM
BI =
1 + (tipoIVA + tipoiEDMT + tiposOTROS)
Donde:
BI: Base imponible de medios de transporte usados en el Impuesto Especial sobre
Determinados Medios de Transporte.
VM: Valor de mercado determinado por tablas de precios medios tras la aplicación de
los porcentajes del anexo IV.
tipoIVA: Tipo impositivo, en tanto por uno, del Impuesto sobre el Valor Añadido que
habría sido exigible en el momento de la primera matriculación y en el ámbito territorial
en que ahora se vaya a matricular en España ese medio de transporte.
tipoiEDMT: Tipo impositivo, en tanto por uno, del Impuesto Especial sobre
Determinados Medios de Transporte que habría sido exigible en el momento de la
primera matriculación y en el ámbito territorial en que ahora se vaya a matricular en
España ese medio de transporte.
tiposOTROS: Resultado de sumar los tipos impositivos, en tanto por uno, de
cualesquiera otros impuestos indirectos que hayan gravado la adquisición del medio de
transporte, y que estén incluidos en el valor de mercado.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día 1 de enero del año 2025.
cve: BOE-A-2024-27285
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de diciembre de 2024.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra
de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 182632
actividad del vehículo, establecidos en la tabla e instrucciones que se recogen en el
anexo IV de esta orden.
Segunda. Cuando se trate de medios de transporte que hubieran estado
previamente matriculados en el extranjero y que sean objeto de primera matriculación
definitiva en España teniendo la condición de usados, del valor de mercado calculado
teniendo en cuenta lo señalado en la regla primera anterior, se minorará el importe
residual de las cuotas de los impuestos indirectos. Para ello se podrá utilizar la siguiente
fórmula:
VM
BI =
1 + (tipoIVA + tipoiEDMT + tiposOTROS)
Donde:
BI: Base imponible de medios de transporte usados en el Impuesto Especial sobre
Determinados Medios de Transporte.
VM: Valor de mercado determinado por tablas de precios medios tras la aplicación de
los porcentajes del anexo IV.
tipoIVA: Tipo impositivo, en tanto por uno, del Impuesto sobre el Valor Añadido que
habría sido exigible en el momento de la primera matriculación y en el ámbito territorial
en que ahora se vaya a matricular en España ese medio de transporte.
tipoiEDMT: Tipo impositivo, en tanto por uno, del Impuesto Especial sobre
Determinados Medios de Transporte que habría sido exigible en el momento de la
primera matriculación y en el ámbito territorial en que ahora se vaya a matricular en
España ese medio de transporte.
tiposOTROS: Resultado de sumar los tipos impositivos, en tanto por uno, de
cualesquiera otros impuestos indirectos que hayan gravado la adquisición del medio de
transporte, y que estén incluidos en el valor de mercado.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día 1 de enero del año 2025.
cve: BOE-A-2024-27285
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de diciembre de 2024.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra
de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.