Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-27249)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el tercer Convenio con la Real Federación Española de Patinaje, para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo transitorio de la oferta formativa 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 182366
● El número de alumnos aprobados y suspensos.
● La distribución de los apartados anteriores por género.
● El grado de satisfacción del alumnado.
● El número de cursos de formación continua.
– Ejercer las funciones relativas al control y evaluación del desarrollo de la actividad
objeto del presente convenio y fijará anualmente el calendario de reuniones de esta. Se
reunirá con carácter ordinario, al menos:
a. En el cuatrimestre previo al inicio de la vigencia de este convenio, para concretar
el calendario de actividades de formación del 2025.
b. Al finalizar el 2025, con la finalidad de evaluar el cumplimiento del convenio.
c. Al finalizar la última actividad del convenio vigente.
d. Además, se reunirá con carácter extraordinario a petición de cualquiera de las
partes de este convenio.
– Conocer de la aparición de conflictos en la interpretación y ejecución del convenio
y procurar su resolución en los términos previstos en la cláusula decimotercera.
– Reajustar los compromisos de gasto establecidos en la cláusula de «financiación
de los servicios prestados por el CSED», en función del número final de cursos y con la
limitación máxima del importe total del convenio.
Su funcionamiento se regula, en lo no recogido en este convenio, por lo establecido
en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Financiación de los servicios prestados por el CSED.
El coste de la impartición de los cursos del bloque común, que se acuerde en el
programa anual de actividades de formación deportiva, se financia mediante el pago, por
parte de la Federación, del precio público establecido para cada nivel en la Resolución
de 8 de febrero de 2019, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que
se establecen los precios públicos para la utilización de sus instalaciones y servicios.
El CSD, a través del CSED como Centro Público, se compromete al pago de los
gastos procedentes de:
1) El profesor o profesores tutores de grupo responsables del bloque común.
2) El coordinador de tutores.
3) Coste de las instalaciones necesarias para realizar las pruebas de evaluación
presencial y de las clases presenciales que se celebren en las instalaciones del CSD.
4) Desplazamiento si fuera necesario del profesor tutor de grupo.
El compromiso del gasto variará en función del número de cursos realizados, de los
recogidos en el «Programa anual de actividades de formación deportiva», pudiendo ser
el gasto hasta un máximo de 27.450 euros.
Este gasto se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18.22.15.336A.233,
y 18.22.15.336A.226.06.
La Federación se compromete al pago del precio público de cada uno de los cursos
del bloque común que se realicen, de los establecidos en el «Programa anual de
actividades de formación deportiva» y según lo establecido en la Resolución de 8
de febrero de 2019, del a Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se
establecen los precios públicos para la utilización de sus instalaciones y servicios, o
norma que la sustituya.
Octava. Propiedad intelectual.
Los materiales didácticos elaborados para impartir el bloque específico elaborados
en colaboración entre la Federación y del CSED serán propiedad del CSED y podrán ser
cve: BOE-A-2024-27249
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 182366
● El número de alumnos aprobados y suspensos.
● La distribución de los apartados anteriores por género.
● El grado de satisfacción del alumnado.
● El número de cursos de formación continua.
– Ejercer las funciones relativas al control y evaluación del desarrollo de la actividad
objeto del presente convenio y fijará anualmente el calendario de reuniones de esta. Se
reunirá con carácter ordinario, al menos:
a. En el cuatrimestre previo al inicio de la vigencia de este convenio, para concretar
el calendario de actividades de formación del 2025.
b. Al finalizar el 2025, con la finalidad de evaluar el cumplimiento del convenio.
c. Al finalizar la última actividad del convenio vigente.
d. Además, se reunirá con carácter extraordinario a petición de cualquiera de las
partes de este convenio.
– Conocer de la aparición de conflictos en la interpretación y ejecución del convenio
y procurar su resolución en los términos previstos en la cláusula decimotercera.
– Reajustar los compromisos de gasto establecidos en la cláusula de «financiación
de los servicios prestados por el CSED», en función del número final de cursos y con la
limitación máxima del importe total del convenio.
Su funcionamiento se regula, en lo no recogido en este convenio, por lo establecido
en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Financiación de los servicios prestados por el CSED.
El coste de la impartición de los cursos del bloque común, que se acuerde en el
programa anual de actividades de formación deportiva, se financia mediante el pago, por
parte de la Federación, del precio público establecido para cada nivel en la Resolución
de 8 de febrero de 2019, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que
se establecen los precios públicos para la utilización de sus instalaciones y servicios.
El CSD, a través del CSED como Centro Público, se compromete al pago de los
gastos procedentes de:
1) El profesor o profesores tutores de grupo responsables del bloque común.
2) El coordinador de tutores.
3) Coste de las instalaciones necesarias para realizar las pruebas de evaluación
presencial y de las clases presenciales que se celebren en las instalaciones del CSD.
4) Desplazamiento si fuera necesario del profesor tutor de grupo.
El compromiso del gasto variará en función del número de cursos realizados, de los
recogidos en el «Programa anual de actividades de formación deportiva», pudiendo ser
el gasto hasta un máximo de 27.450 euros.
Este gasto se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18.22.15.336A.233,
y 18.22.15.336A.226.06.
La Federación se compromete al pago del precio público de cada uno de los cursos
del bloque común que se realicen, de los establecidos en el «Programa anual de
actividades de formación deportiva» y según lo establecido en la Resolución de 8
de febrero de 2019, del a Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se
establecen los precios públicos para la utilización de sus instalaciones y servicios, o
norma que la sustituya.
Octava. Propiedad intelectual.
Los materiales didácticos elaborados para impartir el bloque específico elaborados
en colaboración entre la Federación y del CSED serán propiedad del CSED y podrán ser
cve: BOE-A-2024-27249
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312