Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27234)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del estado de cumplimiento de las Disposiciones adicionales 4.ª y 6.ª de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, con relación al control de eficacia (arts. 85 y 92) y medios propios (art. 86), por las entidades del sector público estatal adscritos al área político-administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 182275

consideración de medio propio, por un nuevo objetivo relativo a la gestión del Portal de subastas judiciales
y notariales.
2-86.- Agencia Estatal de Investigación (AEI). En los estatutos se declara su condición de medio propio.
Se han modificado los estatutos para incluir en su denominación la abreviatura M.P. conforme al artículo
86 de la LRJSP y se ha aportado una memoria acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos
por dicho artículo y el informe correspondiente de la IGAE, ambos documentos de fecha 18 de julio de
2018.
2-87.- Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD). El artículo 23 de los
estatutos de la AEPSAD regula específicamente la condición de la Agencia como medio propio y servicio
técnico de la AGE. No obstante, la AEPSAD manifiesta al Tribunal que no tiene la condición de medio
propio y en el mismo sentido se pronuncia el Ministerio de Cultura y Deporte. En consecuencia, la entidad
ha interpretado que no tenía que realizar los trámites de adaptación al artículo 86 de la LRJSP, pero
tampoco se han modificado los estatutos para excluir de los mismos la citada calificación como medio
propio.
2-88.- Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). La entidad se encuentra
incluida en las disposiciones adoptadas por el Real Decreto 246/2009, de 27 de febrero, mediante el cual
se incluyeron en los estatutos de seis entidades (IEO, INIA, CIEMAT, IGME, ISCIII y CSIC), adscritas al
actual Ministerio de Ciencia e Investigación, su declaración como medio propio y servicio técnico de la
AGE. Posteriormente, por Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo, se modificaron de nuevo los estatutos
de dichas entidades para adaptar su denominación a lo dispuesto en la LRJSP, añadiendo la abreviatura
M.P. El CSIC no ha aportado la necesaria memoria acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos
por dicho artículo, ni el informe correspondiente de la IGAE. El Instituto Español de Oceanografía (IEO),
el Instituto Geológico y Minero de España (IGME) y el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología
Agraria y Alimentaria (INIA) quedaron extinguidos con efectos del 1 de abril de 2021, fecha de entrada en
vigor del Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo, integrándose en el CSIC como nuevos Centros
Nacionales sin personalidad. Hasta entonces los tres organismos autónomos tenían la condición de medio
propio sin que hayan aportado los citados documentos.
2-89.- O.A. Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT). La
entidad se encuentra incluida en las disposiciones adoptadas por el Real Decreto 246/2009, de 27 de
febrero, mediante el cual se incluyeron en los estatutos de seis entidades (IEO, INIA, CIEMAT, IGME,
ISCIII y CSIC), adscritas al actual Ministerio de Ciencia e Investigación, su declaración como medio propio
y servicio técnico de la AGE. Posteriormente, por Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo, se modificaron
de nuevo los estatutos de dichas entidades para adaptar su denominación a lo dispuesto en la LRJSP,
añadiendo la abreviatura M.P. Se ha aportado una memoria elaborada por el CIEMAT en 2017 acreditativa
del cumplimiento de los requisitos exigidos por dicho artículo, si bien no se ha aportado el informe
correspondiente de la IGAE.
2-90.- O.A. Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas (INTA). Los estatutos del INTA
regulan específicamente su condición de medio propio y servicio técnico de la AGE. No obstante, el INTA
manifiesta al Tribunal que no tiene esa condición y en el mismo sentido se pronuncia el Ministerio de
Defensa. En consecuencia, la entidad ha interpretado que no tenía que realizar los trámites de adaptación
al artículo 86 de la LRJSP, pero tampoco se han modificado los estatutos para excluir de los mismos la
citada calificación como medio propio.
2-91.- O.A. Instituto de Salud Carlos III (ISCIII). La entidad se encuentra incluida en las disposiciones
adoptadas por el Real Decreto 246/2009, de 27 de febrero, mediante el cual se incluyeron en los estatutos
de seis entidades (IEO, INIA, CIEMAT, IGME, ISCIII y CSIC), adscritas al actual Ministerio de Ciencia e
Investigación, su declaración como medio propio y servicio técnico de la AGE. Posteriormente, por Real
Decreto 531/2017, de 26 de mayo, se modificaron de nuevo los estatutos de dichas entidades para
adaptar su denominación a lo dispuesto en la LRJSP, añadiendo la abreviatura M.P. No se ha aportado
la necesaria memoria acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos por dicho artículo, ni el
informe correspondiente de la IGAE. Aunque el departamento de adscripción considera que el organismo
tiene la calificación de medio propio, el ISCIII considera que no lo es, ni actúa como tal.
2-92.- O.A. Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE). Mediante una
disposición final del Real Decreto 865/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica

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Núm. 312