Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27232)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos de municipios capitales de provincia en relación con las dotaciones económicas asignadas a los grupos municipales, ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181741

II.6.23.2. NORMATIVA
El Ayuntamiento de León ha desarrollado en su normativa la regulación de las dotaciones a los
grupos políticos de manera insuficiente, recogida en un Acuerdo de Pleno de julio de 2019 y en las
Bases de Ejecución del Presupuesto, al no disponer la Corporación de Reglamento orgánico.
En dichas Bases, junto a los supuestos de prohibición establecidos por el artículo 73.3 de la
LRBRL, se establece la regulación sobre el destino o aplicación de los fondos recibidos por los
grupos, con una lista de gastos propios del funcionamiento de los grupos, si bien entre ellos no
figuran las aportaciones a los respectivos partidos políticos; así como las obligaciones de los
grupos de obtener un NIF y una cuenta corriente propia, diferentes a los del partido político al que
se encuentren vinculados, llevar la contabilidad especifica de sus gastos e ingresos, conservar sus
justificantes y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; y se
regula el contenido de la cuenta justificativa, su fiscalización por la Intervención y aprobación por
el órgano competente.
Los grupos están obligados a la llevanza de una contabilidad específica de la dotación anual,
registrando cada una de las operaciones que realicen y conservando las correspondientes
facturas, y que se deberá poner a disposición del Pleno. En la justificación de la dotación se
admiten gastos realizados entre el 1 de enero del ejercicio al que corresponde la dotación y el final
del primer trimestre del ejercicio siguiente, no resultando adecuado que se permita la realización
de gastos más allá del ejercicio presupuestario al que se refiere la dotación.
Se echa en falta un mayor desarrollo normativo del artículo 73.3 de la LRBRL que facilite el
adecuado empleo, justificación y control de la dotación y en el que se detalle, al menos, los
derechos económicos, en cuanto a la dotación, de los miembros no adscritos; si se permiten las
aportaciones a los partidos políticos; el detalle de la contabilidad específica, y una mayor
descripción de los procedimientos de control de las cuentas por la Intervención.
II.6.23.3. PROCEDIMIENTOS DE CUANTIFICACIÓN, ASIGNACIÓN, PAGO Y REINTEGRO
El Ayuntamiento de León no utiliza criterios objetivos para la cuantificación de la asignación a los
grupos municipales, ni tiene en cuenta los costes de funcionamiento de aquellos para el
establecimiento de la dotación.
El importe de las dotaciones a los grupos en 2022, por la mencionada falta de justificación de las
asignaciones de ejercicios anteriores, no se corresponde con la asignación teórica aprobada, en la
que el componente variable supone el 73 % del total, frente al 27 % del componente fijo.

Aunque los grupos no habían presentado la justificación las dotaciones correspondientes, se les
abonaron las dotaciones en los ejercicios 2020 y 2021, sin solicitar reintegro alguno. En su lugar,
se acordó no otorgar las asignaciones de 2022 y se procede a exigir las justificaciones pendientes
y realizar los controles pertinentes, obteniéndose los reintegros correspondientes.
II.6.23.4. PROCEDIMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y CONTROL
La rendición de las cuentas justificativas de la dotación de los ejercicios 2020 y 2021 no se efectuó
antes del fin del mes de abril del periodo siguiente, como exige la normativa, sin que fuesen

cve: BOE-A-2024-27232
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De conformidad con lo previsto en la normativa municipal, los grupos políticos disponen de un NIF
y de una cuenta corriente propia, diferenciados de los de las formaciones políticas respectivas,
excepto en el caso de un grupo, que utilizó el NIF y la cuenta de su partido hasta finales de 2020.