Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27232)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos de municipios capitales de provincia en relación con las dotaciones económicas asignadas a los grupos municipales, ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181730

derechos económicos, en cuanto a la dotación, de los miembros no adscritos; y el contenido de la
contabilidad específica de los grupos.
II.6.17.3. PROCEDIMIENTOS DE CUANTIFICACIÓN, ASIGNACIÓN, PAGO Y REINTEGRO
El Ayuntamiento de Girona no utiliza criterios objetivos para la cuantificación de la asignación a los
grupos municipales, ni tiene en cuenta los costes de funcionamiento de aquellos para el
establecimiento de la dotación.
El importe de las dotaciones a los grupos se corresponde, excepto en el caso de un grupo que no
recibió la asignación, con la asignación teórica aprobada, en la que el componente variable
supone un 45 % del total, frente al 55 % del componente fijo.
De acuerdo con la normativa municipal, los grupos políticos disponen de un NIF y de una cuenta
corriente propia, diferenciados de los de las formaciones políticas respectivas, excepto en el caso
de uno de los grupos municipales, que no presentó los datos del NIF y domiciliación bancaria, por
lo que no recibió dotación económica durante los ejercicios 2020 a 2022.
Las cantidades asignadas fueron abonadas al resto de los grupos municipales, no habiendo
comunicado la existencia de reintegros.
II.6.17.4. PROCEDIMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y CONTROL
La documentación justificativa presentada por los grupos municipales fue objeto de control por
parte de la Intervención, cuyos informes definitivos relativos a las cuentas de los ejercicios 2020 y
2021 fueron remitidos al Pleno, para su conocimiento, en 2022. El informe sobre la cuenta de este
último ejercicio se encontraba pendiente de realización, a la fecha de cierre de los trabajos de
fiscalización.
Se ha verificado, a partir de los informes que la Intervención realizó sobre la documentación
justificativa presentada por los grupos de los ejercicios 2020 y 2021, la existencia de la
contabilidad específica de los grupos municipales y el cumplimiento de las prohibiciones de
destinar los fondos recibidos al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio
de la Corporación o a la adquisición de bienes que pueden constituir activos fijos de carácter
patrimonial. Asimismo, se verifican extremos tales como la presentación en plazo de las cuentas
justificativas, presentación de declaración responsable por el portavoz del grupo y si la cuenta
justificativa contiene los documentos mínimos exigidos (relación detallada gastos, facturas,
documentación relativa al pago).

Respecto a la calidad del control sobre las cuentas de los grupos municipales llevado a cabo en el
Ayuntamiento de Girona, el mismo no es oportuno, puesto que el informe se emite en plazos
muy dilatados en el tiempo; se considera efectivo, por cuanto alcanza su finalidad de verificar la
justificación de los fondos asignados y poner de manifiesto las irregularidades encontradas en
dichas justificaciones; pero no es adecuado, al limitarse a exigir las cantidades no gastadas de la
asignación al finalizar el mandato de la entidad. El cumplimiento únicamente de uno de los
criterios anteriores determina que la calidad del control es débil.

cve: BOE-A-2024-27232
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El diseño del procedimiento de justificación, si bien contempla un modelo de cuenta justificativa,
limita la comprobación de los gastos por parte de la Intervención, la cual pone de manifiesto, en
sus informes, la necesidad de regular con mayor detalle distintos aspectos sobre las dotaciones.