Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27232)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos de municipios capitales de provincia en relación con las dotaciones económicas asignadas a los grupos municipales, ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181728

Se echa en falta un mayor desarrollo normativo del artículo 73.3 de la LRBRL que facilite el
adecuado empleo, justificación y control de la dotación y en el que se detalle, al menos, el destino
de los fondos, indicando los gastos admisibles y no admisibles, y si, entre ellos, se permiten las
aportaciones a los respectivos partidos políticos y, en su caso, la forma de justificarlas; la
obligación de que los grupos dispongan de un NIF y una cuenta bancaria propia, diferente a las
del partido político; el contenido de la contabilidad específica; el contenido de la justificación o
cuenta justificativa; la descripción de los procedimientos de rendición de cuentas por los grupos
municipales y de control por el Pleno y la Intervención; y los procedimientos de exigencia de los
reintegros que procedan por falta o inadecuada justificación de los gastos o por los remanentes no
gastados.
II.6.16.3. PROCEDIMIENTOS DE CUANTIFICACIÓN, ASIGNACIÓN, PAGO Y REINTEGRO
El Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián no utiliza criterios objetivos para la cuantificación de
la asignación a los grupos municipales, ni tiene en cuenta los costes de funcionamiento de
aquellos para el establecimiento de la dotación.
El importe de las dotaciones a los grupos se corresponde con la asignación teórica aprobada, en
la que el componente variable supone un 69 % del total, frente al 31 % del componente fijo.
Aunque no se exige en la normativa municipal, sólo uno de los grupos municipales dispone de un
NIF y de una cuenta corriente propia, diferenciados de los del respectivo partido político, mientras
que otro de los grupos no ha enviado la información requerida por el ayuntamiento. Los tres
grupos restantes utilizan el NIF del partido de referencia y, además, uno de ellos utiliza la cuenta
bancaria del partido y los otros dos disponen de una cuenta de titularidad del ayuntamiento, en la
que figuran autorizados miembros de la formación política (que, en un caso, ya no era concejal).
Las cantidades asignadas fueron abonadas a cada uno de los grupos municipales, no habiendo
comunicado la existencia de reintegros.
II.6.16.4. PROCEDIMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y CONTROL
El Pleno de la Corporación no ha solicitado la contabilidad específica de las dotaciones
económicas asignadas a los grupos municipales. Tampoco se han sometido al control de la
Intervención municipal las cuentas justificativas de los grupos correspondientes a los ejercicios
2020 a 2022.
La ausencia de control, por parte del Pleno y de la Intervención, de las dotaciones económicas
asignadas a los grupos municipales supone un riesgo de que dichas asignaciones no se estén
aplicando adecuadamente a la finalidad prevista por la normativa.

Al margen de la dotación económica anual, el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián
proporciona a los grupos municipales recursos personales de la Corporación, cuyo coste total
asciende a 1.137 miles de euros en el ejercicio 2022, correspondiente a un total de 3 funcionarios
y 46 empleados eventuales; así como otros gastos materiales a favor de los grupos, por un
importe de 26 miles.

cve: BOE-A-2024-27232
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II.6.16.5. ANÁLISIS DEL CONJUNTO DE RECURSOS PÚBLICOS PUESTOS A DISPOSICIÓN
DE LOS GRUPOS MUNICIPALES