Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27232)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos de municipios capitales de provincia en relación con las dotaciones económicas asignadas a los grupos municipales, ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 181724
se permiten las aportaciones al partido político por el que los miembros del grupo concurrieron a
las elecciones, en cuyo caso deberán regularse mediante un convenio de colaboración que habrá
de detallar los servicios que la formación política presta al grupo y la cuantificación económica de
los mismos; debiendo aportar, además, una memoria anual sobre las prestaciones efectivamente
realizadas, figurando el coste de la actividad y con el respaldo documental procedente.
Los grupos políticos deberán llevar una contabilidad específica y deberán presentar anualmente
en la Intervención y en la Secretaría del Pleno la cuenta justificativa de los gastos realizados.
En las Bases de Ejecución de los Presupuestos se incluye un modelo de cuenta justificativa, junto
con un modelo que contiene los extremos a fiscalizar por la Intervención, que emitirá un informe
que se elevará al Pleno con las cuentas justificativas, para su aprobación. El Pleno, previo informe
de la Intervención, acordará el inicio del procedimiento de reintegro sobre las cantidades no
justificadas o indebidamente justificadas y será el órgano competente para su resolución.
II.6.14.3. PROCEDIMIENTOS DE CUANTIFICACIÓN, ASIGNACIÓN, PAGO Y REINTEGRO
El Ayuntamiento de Córdoba no utiliza criterios objetivos para la cuantificación de la asignación a
los grupos municipales, ni tiene en cuenta los costes de funcionamiento de aquellos para el
establecimiento de la dotación.
El importe de las dotaciones a los grupos, teniendo en cuenta las variaciones por un concejal que
pasó a ser miembro no adscrito, se corresponde con la asignación teórica aprobada, en la que el
componente variable supone un 97 % del total, frente a sólo el 3 % del componente fijo.
De acuerdo con la normativa municipal, los grupos políticos disponen de un NIF y de una cuenta
corriente propia, diferenciados de los de las formaciones políticas respectivas.
Las cantidades asignadas fueron abonadas a cada uno de los grupos municipales; instándose, a
raíz de los informes de la Intervención correspondientes a las cuentas de los ejercicios 2020 y
2021, a la subsanación de deficiencias o al reintegro pertinente, que se exige por el Pleno. Se han
producido reintegros por importe de 27 y 9 miles de euros, correspondientes a los citados
ejercicios, respectivamente, estando pendiente de cobro, a la fecha de realización de las
comprobaciones, los procedimientos de reintegro del ejercicio 2020 relativos a dos de los grupos
municipales.
II.6.14.4. PROCEDIMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y CONTROL
Las cuentas justificativas de los ejercicios 2020 a 2022 fueron remitidas a la Intervención,
conforme a la normativa, a excepción de las de dos grupos municipales, que se rindieron con
retraso.
En el contenido de los informes, entre otros extremos, se verifica la presentación de las cuentas
en plazo y en el modelo adecuado, si los conceptos incluidos se corresponden con gastos
justificables mediante la incorporación de la declaración responsable del portavoz del grupo, si
constan las facturas originales, si el grupo municipal certifica estar al corriente con AEAT,
Hacienda Autonómica, Seguridad Social y Ayuntamiento de Córdoba y, en caso de aportaciones a
cve: BOE-A-2024-27232
Verificable en https://www.boe.es
Los informes definitivos sobre las cuentas de los ejercicios 2020 y 2021 se han emitido por la
Intervención en el ejercicio 2023, habiéndose acortado las fechas de aprobación de los informes
relativos al ejercicio 2022, que se emitieron en plazo.
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 181724
se permiten las aportaciones al partido político por el que los miembros del grupo concurrieron a
las elecciones, en cuyo caso deberán regularse mediante un convenio de colaboración que habrá
de detallar los servicios que la formación política presta al grupo y la cuantificación económica de
los mismos; debiendo aportar, además, una memoria anual sobre las prestaciones efectivamente
realizadas, figurando el coste de la actividad y con el respaldo documental procedente.
Los grupos políticos deberán llevar una contabilidad específica y deberán presentar anualmente
en la Intervención y en la Secretaría del Pleno la cuenta justificativa de los gastos realizados.
En las Bases de Ejecución de los Presupuestos se incluye un modelo de cuenta justificativa, junto
con un modelo que contiene los extremos a fiscalizar por la Intervención, que emitirá un informe
que se elevará al Pleno con las cuentas justificativas, para su aprobación. El Pleno, previo informe
de la Intervención, acordará el inicio del procedimiento de reintegro sobre las cantidades no
justificadas o indebidamente justificadas y será el órgano competente para su resolución.
II.6.14.3. PROCEDIMIENTOS DE CUANTIFICACIÓN, ASIGNACIÓN, PAGO Y REINTEGRO
El Ayuntamiento de Córdoba no utiliza criterios objetivos para la cuantificación de la asignación a
los grupos municipales, ni tiene en cuenta los costes de funcionamiento de aquellos para el
establecimiento de la dotación.
El importe de las dotaciones a los grupos, teniendo en cuenta las variaciones por un concejal que
pasó a ser miembro no adscrito, se corresponde con la asignación teórica aprobada, en la que el
componente variable supone un 97 % del total, frente a sólo el 3 % del componente fijo.
De acuerdo con la normativa municipal, los grupos políticos disponen de un NIF y de una cuenta
corriente propia, diferenciados de los de las formaciones políticas respectivas.
Las cantidades asignadas fueron abonadas a cada uno de los grupos municipales; instándose, a
raíz de los informes de la Intervención correspondientes a las cuentas de los ejercicios 2020 y
2021, a la subsanación de deficiencias o al reintegro pertinente, que se exige por el Pleno. Se han
producido reintegros por importe de 27 y 9 miles de euros, correspondientes a los citados
ejercicios, respectivamente, estando pendiente de cobro, a la fecha de realización de las
comprobaciones, los procedimientos de reintegro del ejercicio 2020 relativos a dos de los grupos
municipales.
II.6.14.4. PROCEDIMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y CONTROL
Las cuentas justificativas de los ejercicios 2020 a 2022 fueron remitidas a la Intervención,
conforme a la normativa, a excepción de las de dos grupos municipales, que se rindieron con
retraso.
En el contenido de los informes, entre otros extremos, se verifica la presentación de las cuentas
en plazo y en el modelo adecuado, si los conceptos incluidos se corresponden con gastos
justificables mediante la incorporación de la declaración responsable del portavoz del grupo, si
constan las facturas originales, si el grupo municipal certifica estar al corriente con AEAT,
Hacienda Autonómica, Seguridad Social y Ayuntamiento de Córdoba y, en caso de aportaciones a
cve: BOE-A-2024-27232
Verificable en https://www.boe.es
Los informes definitivos sobre las cuentas de los ejercicios 2020 y 2021 se han emitido por la
Intervención en el ejercicio 2023, habiéndose acortado las fechas de aprobación de los informes
relativos al ejercicio 2022, que se emitieron en plazo.