Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27232)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos de municipios capitales de provincia en relación con las dotaciones económicas asignadas a los grupos municipales, ejercicio 2022.
159 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 181718
No obstante, con posterioridad al periodo fiscalizado, mediante Acuerdo de Pleno de 30 de junio
de 2023 se ha aprobado una Instrucción Técnica relativa a diversos aspectos relacionados con la
gestión y la contabilidad específica de los gastos realizados por los grupos políticos con cargo a la
dotación económica, que incluye cuestiones como la obligatoriedad de que los grupos dispongan
de un NIF y cuenta bancaria propios, el detalle de los gastos asociados al funcionamiento de
aquellos (incluyendo las aportaciones a los partidos y su forma de justificarlas), el contenido de la
cuenta justificativa, el procedimiento de justificación, la revisión por la Intervención, la información
al Pleno y la publicidad de las aportaciones. En dicha Instrucción se prevé que, en caso de que,
de los documentos y justificantes aportados por los grupos, se deduzca que el importe total de los
gastos es inferior al de los ingresos recibidos, la diferencia quedará pendiente de justificación,
debiendo ser reintegradas al ayuntamiento estas cantidades al final del mandato.
II.6.11.3. PROCEDIMIENTOS DE CUANTIFICACIÓN, ASIGNACIÓN, PAGO Y REINTEGRO
El Ayuntamiento de Cádiz no utiliza criterios objetivos para la cuantificación de la asignación a los
grupos municipales, ni tiene en cuenta los costes de funcionamiento de aquellos para el
establecimiento de la dotación.
El importe de las dotaciones a los grupos se corresponde con la asignación teórica aprobada, en
la que el componente variable supone un 70 % del total, frente al 30 % del componente fijo.
Aunque no se exige en la normativa municipal, los grupos políticos disponen de un NIF y de una
cuenta corriente propia, diferenciados de los de las formaciones políticas respectivas.
Las cantidades asignadas fueron abonadas a cada uno de los grupos municipales, no habiendo
comunicado la existencia de reintegros.
II.6.11.4. PROCEDIMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y CONTROL
El Pleno de la Corporación, con fecha de 26 de febrero de 2021, acordó solicitar a los grupos
municipales la presentación de la contabilidad específica de las dotaciones desde el inicio del
mandato (ejercicios 2019 y 2020) y someter la documentación justificativa al control financiero de
la Intervención, a efectos de verificar la adecuación del destino de los fondos a las finalidades
previstas en la LRBRL.
No obstante, a la fecha de realización de las comprobaciones, el informe de control financiero se
encontraba en fase de elaboración, aduciendo la Intervención la falta de medios personal y el
elevado volumen de la documentación remitida y las sucesivas aclaraciones solicitadas.
Adicionalmente, se requirió a los grupos para que presenten las cuentas justificativas del ejercicio
2022 y las cuentas de fin de mandato, habiéndose remitido únicamente por un grupo municipal a
la fecha de finalización de las actuaciones fiscalizadoras.
II.6.11.5. ANÁLISIS DEL CONJUNTO DE RECURSOS PÚBLICOS PUESTOS A DISPOSICIÓN
DE LOS GRUPOS MUNICIPALES
Al margen de la dotación económica anual, el Ayuntamiento de Cádiz proporciona a los grupos
municipales recursos personales de la Corporación, cuyo coste total asciende a 414 miles de
cve: BOE-A-2024-27232
Verificable en https://www.boe.es
La ausencia de control, por parte del Pleno y de la Intervención, de las dotaciones económicas
asignadas a los grupos municipales supone un riesgo de que dichas asignaciones no se estén
aplicando adecuadamente a la finalidad prevista por la normativa.
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 181718
No obstante, con posterioridad al periodo fiscalizado, mediante Acuerdo de Pleno de 30 de junio
de 2023 se ha aprobado una Instrucción Técnica relativa a diversos aspectos relacionados con la
gestión y la contabilidad específica de los gastos realizados por los grupos políticos con cargo a la
dotación económica, que incluye cuestiones como la obligatoriedad de que los grupos dispongan
de un NIF y cuenta bancaria propios, el detalle de los gastos asociados al funcionamiento de
aquellos (incluyendo las aportaciones a los partidos y su forma de justificarlas), el contenido de la
cuenta justificativa, el procedimiento de justificación, la revisión por la Intervención, la información
al Pleno y la publicidad de las aportaciones. En dicha Instrucción se prevé que, en caso de que,
de los documentos y justificantes aportados por los grupos, se deduzca que el importe total de los
gastos es inferior al de los ingresos recibidos, la diferencia quedará pendiente de justificación,
debiendo ser reintegradas al ayuntamiento estas cantidades al final del mandato.
II.6.11.3. PROCEDIMIENTOS DE CUANTIFICACIÓN, ASIGNACIÓN, PAGO Y REINTEGRO
El Ayuntamiento de Cádiz no utiliza criterios objetivos para la cuantificación de la asignación a los
grupos municipales, ni tiene en cuenta los costes de funcionamiento de aquellos para el
establecimiento de la dotación.
El importe de las dotaciones a los grupos se corresponde con la asignación teórica aprobada, en
la que el componente variable supone un 70 % del total, frente al 30 % del componente fijo.
Aunque no se exige en la normativa municipal, los grupos políticos disponen de un NIF y de una
cuenta corriente propia, diferenciados de los de las formaciones políticas respectivas.
Las cantidades asignadas fueron abonadas a cada uno de los grupos municipales, no habiendo
comunicado la existencia de reintegros.
II.6.11.4. PROCEDIMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y CONTROL
El Pleno de la Corporación, con fecha de 26 de febrero de 2021, acordó solicitar a los grupos
municipales la presentación de la contabilidad específica de las dotaciones desde el inicio del
mandato (ejercicios 2019 y 2020) y someter la documentación justificativa al control financiero de
la Intervención, a efectos de verificar la adecuación del destino de los fondos a las finalidades
previstas en la LRBRL.
No obstante, a la fecha de realización de las comprobaciones, el informe de control financiero se
encontraba en fase de elaboración, aduciendo la Intervención la falta de medios personal y el
elevado volumen de la documentación remitida y las sucesivas aclaraciones solicitadas.
Adicionalmente, se requirió a los grupos para que presenten las cuentas justificativas del ejercicio
2022 y las cuentas de fin de mandato, habiéndose remitido únicamente por un grupo municipal a
la fecha de finalización de las actuaciones fiscalizadoras.
II.6.11.5. ANÁLISIS DEL CONJUNTO DE RECURSOS PÚBLICOS PUESTOS A DISPOSICIÓN
DE LOS GRUPOS MUNICIPALES
Al margen de la dotación económica anual, el Ayuntamiento de Cádiz proporciona a los grupos
municipales recursos personales de la Corporación, cuyo coste total asciende a 414 miles de
cve: BOE-A-2024-27232
Verificable en https://www.boe.es
La ausencia de control, por parte del Pleno y de la Intervención, de las dotaciones económicas
asignadas a los grupos municipales supone un riesgo de que dichas asignaciones no se estén
aplicando adecuadamente a la finalidad prevista por la normativa.