Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27230)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la actividad de la Empresa de Transformación Agraria, SA, S.M.E., M.P. (TRAGSA) como medio propio, ejercicios 2021 y 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181467

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Expediente 1947162 “Obra del nuevo pabellón deportivo José Ramón López Díaz-Flor”,
encargado el 26 de diciembre de 2017, con presupuesto de 7.871.996,36 euros y un plazo de
ejecución de 13 meses. Las razones de acudir al medio propio se fundamentaron en la
necesidad de realizar las actuaciones a la mayor brevedad posible que permitieran la
construcción del polideportivo. El proyecto que había sido elaborado por TRAGSATEC, fue
modificado debido a los fallos del proyecto redactado, por lo que, según consta en el
expediente, debería ser la empresa la que se hiciera cargo de los gastos derivados del
modificado. Los trabajos se alargaron hasta el mes de marzo de 2022, en el que se emitió la
última certificación de obra con un presupuesto de ejecución de 9.273.998,91 euros y
habiendo superado ampliamente el plazo de ejecución inicialmente previsto hasta los 47
meses. Según consta en la información suministrada por TRAGSA el porcentaje de las
colaboraciones externas fue del 50,97 %. No obstante, como en el caso del expediente
anterior, no se ha podido verificar el porcentaje de subcontratación, porque en las relaciones
valoradas se encuentran sin especificar las unidades subcontratadas, tampoco obra en el
expediente ningún informe acreditativo de este extremo, acompañado de la relación de los
contratos realizados con terceros, a excepción de la cuenta de gestión en la que las
colaboraciones externas se han cifrado en 4.336.043,25 euros.

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Expediente 1210194 (A.40.20) “Obra de implantación de la red de saneamiento del Valle
Crispín”, encargo realizado el 16 de junio de 2020, con presupuesto de 655.934,09 euros y un
plazo de ejecución de 7 meses. Existe discrepancia en los importes de la subcontratación, en
función de la fuente de información, así en la cuenta de gestión y en la información inicial
suministrada, las colaboraciones externas ascendieron a 412.164,62 euros, el 57 % del
proyecto ejecutado, pero en la última certificación que data del mes de octubre de 2021,
acompañada de toda la documentación acreditativa a la subcontratación, este importe es de
312.129,71 euros, el 43,32 % del presupuesto de ejecución material que ascendió 720.581,10
euros. En cuanto a la proporción de los gastos de personal temporal en relación con el
personal fijo se elevó al 93,99 %.

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Expediente 0729111 “Solución del tránsito peatonal en la desembocadura del río Belcaire en
el T.M. de Moncofa (Castellón)”, encargo del 3 de julio de 2019. Teniendo en cuenta que el
límite que se estableció en los pliegos es el 25 % y que el contrato del puente de madera, que
debería ser considerado como subcontratación, se supera el límite de esta, al ser superior al
43 %.

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Expediente 0638343 “Mantenimiento de instalaciones y servicios necesarios para la difusión y
promoción cultural del parque arqueológico de Segóbriga”, encargado el 29 de agosto de
2018. En la última relación valorada figura que el importe total subcontratado del encargo es
de 69.465,69 euros, siendo la partida más elevada, el servicio de vigilancia que asciende a
62.194,50 euros. Sin embargo, en la relación de contrataciones con terceros, la suma del
importe total es de 40.375,53 euros, sin que exista ninguna mención al concepto de vigilancia,
sino que responden a mantenimiento, limpieza, fontanería, y otros servicios.

Entre los expedientes de la muestra seleccionada, se encuentran 9 en los que es TRAGSATEC
quien realiza los correspondientes encargos a TRAGSA, y con la excepción de uno de ellos que
corresponde a un encargo de gastos de estructura, el resto son actuaciones que realiza TRAGSA
para TRAGSATEC en el marco de un encargo previo realizado a esta última. Estos encargos se
formalizan mediante una ficha que se rellena a modo de encargo entre empresas del Grupo,
acorde con su norma interna. A estos encargos “intragrupo” no resulta de aplicación LCSP, debido

cve: BOE-A-2024-27230
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extremo, acompañado de la relación de los contratos realizados con terceros, a excepción de
la cuenta de gestión en la que las colaboraciones externas se han cifrado en 49.916.901,25
euros.