Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27230)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la actividad de la Empresa de Transformación Agraria, SA, S.M.E., M.P. (TRAGSA) como medio propio, ejercicios 2021 y 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 181460
Por lo que respecta a la falta de medios, deben destacarse dos expedientes, los cuales, si bien
aparecen motivados por falta de medios materiales y personales, imponen, no obstante, la
obligación a TRAGSA de utilizar los recursos materiales y personales de la propia Entidad y de la
empresa que venía prestando el servicio:
-
Se trata del expediente 0460684 que tiene como objeto los “servicios de explotación
(operación y mantenimiento) de la Etap de Griñón” y del expediente 0461174 cuyo objeto es
los “servicios de operación y mantenimiento de las Edar del Grupo Tres Cantos y Grupo
Gascones”. Ambos encargos se motivaron por falta de medios personales y materiales
apropiados. No obstante, en las cláusulas se estableció que la Entidad pondría a disposición
de TRAGSA, los materiales, maquinaria y medios auxiliares necesarios, los bienes inmuebles
y medios informáticos que se requiriesen para el adecuado desarrollo de la actividad
encargada, así como los vehículos propiedad de esta. Asimismo, se estableció que TRAGSA
subrogaría al personal correspondiente de la empresa que venía ejecutando la actividad
objeto de este encargo que, a su vez, a la finalización del encargo, sería subrogado de nuevo
por la entidad que realizaba el encargo.
Por su parte, los encargos de TRAGSATEC ejecutados en todo o en parte por TRAGSA no están
motivados, ni van acompañados de memoria explicativa alguna que justifique las razones por las
que estas actuaciones se ejecutan por una empresa diferente de la destinataria del encargo.
Justificación de ausencia de medios materiales y/o humanos para ejecutar las prestaciones que
constituyen el objeto del encargo por parte de la entidad que realiza el encargo
En 47 ocasiones, que representa el 55 % de la muestra, ANEXO XXI, los expedientes
proporcionados por TRAGSA en la fiscalización no van acompañados de la justificación de la
entidad que realiza el encargo de la falta de medios personales y materiales para realizar las
actuaciones objeto de encargo, al igual que ocurre en los encargos entre las empresas del Grupo,
en este caso, los realizados por TRAGSATEC.
La mayoría de los expedientes de TRAGSA fiscalizados están incompletos y faltan algún tipo de
documentación, por lo que sería deseable que TRAGSA trasladara al poder adjudicador la
necesidad de que los encargos contengan todos los documentos necesarios para ejecutarlos,
transmitiendo la importancia de esta cuestión, sin perjuicio de que, como indica TRAGSA en sus
alegaciones, los encargos son órdenes de ejecución obligatoria, y que una vez recibidos, si
cumplen los requisitos legales, no puede eludir su cumplimiento. Los documentos que faltan en los
expedientes son, en su mayor parte, la memoria, el presupuesto aprobado y/o el pliego de
prescripciones. Además, ninguno de los 85 expedientes analizados contiene el justificante de
publicación del encargo en la Plataforma de Contratación del Sector Público. En el ANEXO XXII
se relacionan los 36 expedientes afectados por esta incidencia, excluidos los de emergencia.
En particular, se destacan los siguientes:
-
En el expediente 1567102 “Proyecto de obras y actuaciones para la mejora de la conectividad
longitudinal y restauración y mejora de la calidad de la vegetación de ribera en el ámbito de la
cve: BOE-A-2024-27230
Verificable en https://www.boe.es
Aunque el artículo 10.5 del RD 69/2019 establece que el poder adjudicador deberá adjuntar al
documento de formalización del encargo, la memoria, pliegos, proyecto y presupuesto, firmados
por el órgano competente y la justificación de la publicación del documento de formalización en la
Plataforma de Contratación que corresponda, se ha observado que dichos expedientes carecen
de homogeneidad en cuanto a su preparación, formalización, ejecución, seguimiento y control.
Cada poder adjudicador o entidad utiliza modelos y procedimientos distintos en su tramitación.
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 181460
Por lo que respecta a la falta de medios, deben destacarse dos expedientes, los cuales, si bien
aparecen motivados por falta de medios materiales y personales, imponen, no obstante, la
obligación a TRAGSA de utilizar los recursos materiales y personales de la propia Entidad y de la
empresa que venía prestando el servicio:
-
Se trata del expediente 0460684 que tiene como objeto los “servicios de explotación
(operación y mantenimiento) de la Etap de Griñón” y del expediente 0461174 cuyo objeto es
los “servicios de operación y mantenimiento de las Edar del Grupo Tres Cantos y Grupo
Gascones”. Ambos encargos se motivaron por falta de medios personales y materiales
apropiados. No obstante, en las cláusulas se estableció que la Entidad pondría a disposición
de TRAGSA, los materiales, maquinaria y medios auxiliares necesarios, los bienes inmuebles
y medios informáticos que se requiriesen para el adecuado desarrollo de la actividad
encargada, así como los vehículos propiedad de esta. Asimismo, se estableció que TRAGSA
subrogaría al personal correspondiente de la empresa que venía ejecutando la actividad
objeto de este encargo que, a su vez, a la finalización del encargo, sería subrogado de nuevo
por la entidad que realizaba el encargo.
Por su parte, los encargos de TRAGSATEC ejecutados en todo o en parte por TRAGSA no están
motivados, ni van acompañados de memoria explicativa alguna que justifique las razones por las
que estas actuaciones se ejecutan por una empresa diferente de la destinataria del encargo.
Justificación de ausencia de medios materiales y/o humanos para ejecutar las prestaciones que
constituyen el objeto del encargo por parte de la entidad que realiza el encargo
En 47 ocasiones, que representa el 55 % de la muestra, ANEXO XXI, los expedientes
proporcionados por TRAGSA en la fiscalización no van acompañados de la justificación de la
entidad que realiza el encargo de la falta de medios personales y materiales para realizar las
actuaciones objeto de encargo, al igual que ocurre en los encargos entre las empresas del Grupo,
en este caso, los realizados por TRAGSATEC.
La mayoría de los expedientes de TRAGSA fiscalizados están incompletos y faltan algún tipo de
documentación, por lo que sería deseable que TRAGSA trasladara al poder adjudicador la
necesidad de que los encargos contengan todos los documentos necesarios para ejecutarlos,
transmitiendo la importancia de esta cuestión, sin perjuicio de que, como indica TRAGSA en sus
alegaciones, los encargos son órdenes de ejecución obligatoria, y que una vez recibidos, si
cumplen los requisitos legales, no puede eludir su cumplimiento. Los documentos que faltan en los
expedientes son, en su mayor parte, la memoria, el presupuesto aprobado y/o el pliego de
prescripciones. Además, ninguno de los 85 expedientes analizados contiene el justificante de
publicación del encargo en la Plataforma de Contratación del Sector Público. En el ANEXO XXII
se relacionan los 36 expedientes afectados por esta incidencia, excluidos los de emergencia.
En particular, se destacan los siguientes:
-
En el expediente 1567102 “Proyecto de obras y actuaciones para la mejora de la conectividad
longitudinal y restauración y mejora de la calidad de la vegetación de ribera en el ámbito de la
cve: BOE-A-2024-27230
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Aunque el artículo 10.5 del RD 69/2019 establece que el poder adjudicador deberá adjuntar al
documento de formalización del encargo, la memoria, pliegos, proyecto y presupuesto, firmados
por el órgano competente y la justificación de la publicación del documento de formalización en la
Plataforma de Contratación que corresponda, se ha observado que dichos expedientes carecen
de homogeneidad en cuanto a su preparación, formalización, ejecución, seguimiento y control.
Cada poder adjudicador o entidad utiliza modelos y procedimientos distintos en su tramitación.