Consejo de Seguridad Nuclear. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica. (BOE-A-2024-27182)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior del Cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de diciembre de 2024
7.
Sec. II.B. Pág. 181346
Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en el punto de acceso general
www.administracion.gob.es toda la información relacionada con los diferentes aspectos
del desarrollo del mismo, así como en la web institucional del Consejo de Seguridad
Nuclear (https://www.csn.es/oferta-publica-de-empleo-2024).
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los
medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
8.
Tribunal
8.1 El tribunal calificador es el que figura como anexo III a esta resolución. El
procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes. Sus
competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la
calificación de los ejercicios.
8.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
8.3 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
8.4 El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia y no podrá
introducir medidas de corrección o criterios de valoración y superación de las pruebas
que no estén expresamente previstos en estas bases. En las actas de sus reuniones y
de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la
determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio.
Se difundirán con anterioridad a su realización los parámetros que hayan sido
acordados, en su caso, por el tribunal para la calificación de un ejercicio en desarrollo de
los criterios de valoración previstos en esta convocatoria.
Igualmente, en las actas del tribunal deberá quedar constancia del cálculo y del
desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de los
criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la convocatoria.
8.5 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal publicará en la
web institucional del Consejo de Seguridad Nuclear, un cronograma orientativo con las
fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.
8.6 Se publicará, en la web institucional del Consejo de Seguridad Nuclear (https://
www.csn.es/oferta-publica-de-empleo-2024 un breve currículum profesional de las
personas que forman parte del tribunal, según lo establecido en el artículo 3.15 del Real
Decreto 656/2024 por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al
ejercicio 2024.
8.7 Se adoptarán las medidas necesarias para descentralizar en lo posible la
realización de las pruebas selectivas y lectura de los ejercicios, según lo establecido en
el artículo 4.8 del Real Decreto 656/2024 por el que se aprueba la oferta de empleo
público correspondiente al ejercicio 2024.
8.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en
el Consejo de Seguridad Nuclear, calle Pedro Justo Dorado Dellmans, n.º 11, 28040
Madrid, teléfono 91 3460100, dirección de correo electrónico ofertaempleo2024@csn.es.
9. Desarrollo del proceso selectivo
9.1 El orden de actuación de los opositores en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra «V», de conformidad
cve: BOE-A-2024-27182
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
7.
Sec. II.B. Pág. 181346
Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en el punto de acceso general
www.administracion.gob.es toda la información relacionada con los diferentes aspectos
del desarrollo del mismo, así como en la web institucional del Consejo de Seguridad
Nuclear (https://www.csn.es/oferta-publica-de-empleo-2024).
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los
medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
8.
Tribunal
8.1 El tribunal calificador es el que figura como anexo III a esta resolución. El
procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes. Sus
competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la
calificación de los ejercicios.
8.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
8.3 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
8.4 El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia y no podrá
introducir medidas de corrección o criterios de valoración y superación de las pruebas
que no estén expresamente previstos en estas bases. En las actas de sus reuniones y
de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la
determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio.
Se difundirán con anterioridad a su realización los parámetros que hayan sido
acordados, en su caso, por el tribunal para la calificación de un ejercicio en desarrollo de
los criterios de valoración previstos en esta convocatoria.
Igualmente, en las actas del tribunal deberá quedar constancia del cálculo y del
desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de los
criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la convocatoria.
8.5 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal publicará en la
web institucional del Consejo de Seguridad Nuclear, un cronograma orientativo con las
fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.
8.6 Se publicará, en la web institucional del Consejo de Seguridad Nuclear (https://
www.csn.es/oferta-publica-de-empleo-2024 un breve currículum profesional de las
personas que forman parte del tribunal, según lo establecido en el artículo 3.15 del Real
Decreto 656/2024 por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al
ejercicio 2024.
8.7 Se adoptarán las medidas necesarias para descentralizar en lo posible la
realización de las pruebas selectivas y lectura de los ejercicios, según lo establecido en
el artículo 4.8 del Real Decreto 656/2024 por el que se aprueba la oferta de empleo
público correspondiente al ejercicio 2024.
8.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en
el Consejo de Seguridad Nuclear, calle Pedro Justo Dorado Dellmans, n.º 11, 28040
Madrid, teléfono 91 3460100, dirección de correo electrónico ofertaempleo2024@csn.es.
9. Desarrollo del proceso selectivo
9.1 El orden de actuación de los opositores en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra «V», de conformidad
cve: BOE-A-2024-27182
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312