Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2024-27259)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, para la realización de rotaciones de la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública en el Centro de Vacunación Internacional-Servicio de Sanidad Exterior de la Delegación del Gobierno en Asturias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 182514
formación», que recoge los sueldos y complementos salariales de los médicos internos
residentes del personal que realizará las rotaciones, sin que el presente convenio incida
en ello.
Décima. Naturaleza jurídica y orden jurisdiccional competente para resolver los litigios.
Este convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico es el
expresamente establecido para los convenios en el capítulo VI del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La resolución
de los litigios que eventualmente se puedan suscitar en la ejecución del convenio, y que
no hayan podido ser resueltos por la comisión de vigilancia y control prevista en la
cláusula quinta, será de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo
contencioso-administrativo.
cve: BOE-A-2024-27259
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente convenio electrónicamente, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por la Administración
General del Estado, Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, el Director
General de la Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres
Herrero.–Por la Administración del Principado de Asturias, la Consejera de Salud, M.ª
Concepción Saavedra Rielo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 182514
formación», que recoge los sueldos y complementos salariales de los médicos internos
residentes del personal que realizará las rotaciones, sin que el presente convenio incida
en ello.
Décima. Naturaleza jurídica y orden jurisdiccional competente para resolver los litigios.
Este convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico es el
expresamente establecido para los convenios en el capítulo VI del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La resolución
de los litigios que eventualmente se puedan suscitar en la ejecución del convenio, y que
no hayan podido ser resueltos por la comisión de vigilancia y control prevista en la
cláusula quinta, será de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo
contencioso-administrativo.
cve: BOE-A-2024-27259
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Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente convenio electrónicamente, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por la Administración
General del Estado, Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, el Director
General de la Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres
Herrero.–Por la Administración del Principado de Asturias, la Consejera de Salud, M.ª
Concepción Saavedra Rielo.
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