Ministerio de Industria y Turismo. I. Disposiciones generales. Metrología. (BOE-A-2024-27147)
Orden ITU/1475/2024, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del estado de determinados instrumentos de medida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 180955

5.2 Control del precio unitario. Esta verificación debe realizarse durante el
ensayo al caudal máximo y se calcula como diferencia entre el importe indicado y
el importe calculado a partir del volumen indicado y el precio unitario.
El error máximo permitido, debe ser igual al importe correspondiente al ± 1 %
de la cantidad mínima medida.
5.3 Control de la alimentación eléctrica de emergencia. Se verifica el buen
funcionamiento de la alimentación eléctrica de emergencia en caso de corte de la
alimentación eléctrica del surtidor/dispensador.
B) Sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos de baja
viscosidad (≤ 20 mPa·s)
B.1

Descripción del método de ensayo utilizando vasijas patrón.

1.1 Mojado de la vasija patrón. En el caso de que la verificación se realice
después de un período prolongado de inactividad de la vasija, se deberá proceder
al mojado inicial de la misma.
Tras el mojado, se realiza el vaciado y el escurrido de la vasija patrón. El
escurrido, salvo indicación expresa en su certificado de calibración, se considera
finalizado a los 30 segundos de la interrupción del caudal continuo.
1.2 Comprobación del cable procedente del emisor de impulsos. Se
comprueba la integridad del cable o cables de unión entre el emisor de impulsos y
el computador del sistema de medida en aquellos sistemas de medida electrónicos
que transformen el movimiento del eje del medidor en impulsos eléctricos. Esta
comprobación no se efectúa cuando la cámara de medida y el cabezal electrónico
sean solidarios.
1.3 Inspección visual del sistema de tuberías. Se comprueba la integridad de
la tubería que comunica la brida de salida del contador del sistema de medida y la
brida de conexión de las mangueras o devanaderas, prestando especial atención
a la existencia de tuberías o derivaciones que permitan la desviación o retorno del
producto ya medido hacia la cisterna, hacia otro depósito auxiliar o hacia el propio
circuito anterior al medidor. Por lo tanto, se considera no autorizada cualquier
derivación o purga que no esté recogida en la evaluación de la conformidad del
sistema.
1.4 Si el camión cisterna posee compartimentos para más de un producto se
comprueba que el sistema de tuberías esté dispuesto de manera que se eviten las
mezclas de dichos productos dentro del sistema de medida.
1.5 Comprobación del correcto funcionamiento del dispositivo de puesta a cero.
1.6 Cuando el contador vaya equipado con una impresora de recibos, el
mecanismo de impresión debe ir asociado al dispositivo de puesta a cero del
indicador de volumen. Se comprueba que coinciden las indicaciones del contador
y las impresas. Con el fin de homogeneizar las cámaras de medida y eliminar las
posibles bolsas de gas, antes de iniciar los ensayos se hace pasar a través del
conjunto una cantidad mínima de 500 litros excepto en el caso de que el sistema
de medida no haya funcionado durante un periodo de tiempo superior a seis horas
antes de la verificación, en cuyo caso se hace pasar a través del conjunto el mayor
de los siguientes valores:
– 500 litros o,
– el volumen suministrado por el sistema a caudal máximo en un minuto.
Para aquellos sistemas que dispongan de más de una manguera, se pueden
realizar los siguientes ensayos con cualquiera de ellas.

cve: BOE-A-2024-27147
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1. Operaciones previas. Antes de comenzar los ensayos se llevan a cabo las
siguientes operaciones previas: