Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Capital Europea de la Cultura. (BOE-A-2024-27264)
Orden CLT/1483/2024, de 18 de diciembre, por la que se establece la convocatoria de presentación de solicitudes para la designación de la Capital Europea de la Cultura para el año 2031.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Undécimo.
Sec. III. Pág. 182549
Premio en honor a Melina Mercouri.
1. El Premio en honor a Melina Mercouri se concede en relación con la designación
de una ciudad como Capital Europea de la Cultura. Una vez que una ciudad haya sido
oficialmente designada con el título de Capital Europea de la Cultura, la comisión podrá
conceder el premio pecuniario en honor a Melina Mercouri («el premio») a una ciudad
designada, ateniéndose a la financiación disponible dentro del marco financiero
plurianual correspondiente. No obstante, su pago se producirá a más tardar a finales de
marzo del año del título y siempre que la ciudad designada siga cumpliendo los
compromisos que asumió en la fase de solicitud, siga respetando los criterios estipulados
en la convocatoria y tenga en cuenta las recomendaciones contenidas en los informes de
selección y de seguimiento del comité de expertos.
2. La concesión del premio se regulará en lo sucesivo con arreglo a lo establecido
en el artículo 14 de la Decisión n.º 445/2014/UE.
3. Se considerará que la ciudad designada ha respetado los compromisos
adquiridos en la fase de solicitud cuando no se haya producido ningún cambio sustancial
en el programa y la estrategia entre la fase de solicitud y el año del título, en particular
cuando:
a) El presupuesto se ha mantenido a un nivel capaz de ofrecer un programa cultural
de alta calidad en consonancia con la solicitud y los criterios;
b) Se ha respetado adecuadamente la independencia del equipo artístico;
c) La dimensión europea se ha mantenido suficientemente fuerte en la versión final
del programa cultural;
d) La estrategia de marketing y comunicación y el material de comunicación
utilizado por la ciudad designada reflejan claramente el hecho de que las Capitales
Europeas de la Cultura son una acción de la Unión Europea;
e) Que existan planes de seguimiento y evaluación del impacto del título en la
ciudad.
4. El cumplimiento de estos requisitos será evaluado por la Comisión sobre la base
de una recomendación formulada por un grupo de expertos independientes al final de la
fase de seguimiento, que abarca desde la designación de la ciudad como Capital
Europea de la Cultura hasta el comienzo del año del título.
Duodécimo.
Evaluación.
La evaluación de los resultados de la Capital Europea de la Cultura por parte de
España para 2031 será responsabilidad de la propia ciudad designada, se regulará en lo
sucesivo con arreglo a lo establecido en el artículo 16 de la Decisión n.º 445/2014/UE.
Decimotercero.
No incremento del gasto público.
La constitución y funcionamiento del comité de expertos no supondrá incremento
alguno del gasto público y será atendida con los medios materiales y personales
existentes en el Ministerio de Cultura.
Información adicional para participar en la convocatoria.
Las ciudades candidatas podrán consultar la página web de la Comisión Europea
(https://culture.ec.europa.eu/policies/culture-in-cities-and-regions/european-capitals-ofculture) y la página web del Ministerio de Cultura (http://www.mcu.es), en las que
encontrarán una «Guía para las ciudades candidatas al título de capital europea de la
cultura».
cve: BOE-A-2024-27264
Verificable en https://www.boe.es
Decimocuarto.
Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Undécimo.
Sec. III. Pág. 182549
Premio en honor a Melina Mercouri.
1. El Premio en honor a Melina Mercouri se concede en relación con la designación
de una ciudad como Capital Europea de la Cultura. Una vez que una ciudad haya sido
oficialmente designada con el título de Capital Europea de la Cultura, la comisión podrá
conceder el premio pecuniario en honor a Melina Mercouri («el premio») a una ciudad
designada, ateniéndose a la financiación disponible dentro del marco financiero
plurianual correspondiente. No obstante, su pago se producirá a más tardar a finales de
marzo del año del título y siempre que la ciudad designada siga cumpliendo los
compromisos que asumió en la fase de solicitud, siga respetando los criterios estipulados
en la convocatoria y tenga en cuenta las recomendaciones contenidas en los informes de
selección y de seguimiento del comité de expertos.
2. La concesión del premio se regulará en lo sucesivo con arreglo a lo establecido
en el artículo 14 de la Decisión n.º 445/2014/UE.
3. Se considerará que la ciudad designada ha respetado los compromisos
adquiridos en la fase de solicitud cuando no se haya producido ningún cambio sustancial
en el programa y la estrategia entre la fase de solicitud y el año del título, en particular
cuando:
a) El presupuesto se ha mantenido a un nivel capaz de ofrecer un programa cultural
de alta calidad en consonancia con la solicitud y los criterios;
b) Se ha respetado adecuadamente la independencia del equipo artístico;
c) La dimensión europea se ha mantenido suficientemente fuerte en la versión final
del programa cultural;
d) La estrategia de marketing y comunicación y el material de comunicación
utilizado por la ciudad designada reflejan claramente el hecho de que las Capitales
Europeas de la Cultura son una acción de la Unión Europea;
e) Que existan planes de seguimiento y evaluación del impacto del título en la
ciudad.
4. El cumplimiento de estos requisitos será evaluado por la Comisión sobre la base
de una recomendación formulada por un grupo de expertos independientes al final de la
fase de seguimiento, que abarca desde la designación de la ciudad como Capital
Europea de la Cultura hasta el comienzo del año del título.
Duodécimo.
Evaluación.
La evaluación de los resultados de la Capital Europea de la Cultura por parte de
España para 2031 será responsabilidad de la propia ciudad designada, se regulará en lo
sucesivo con arreglo a lo establecido en el artículo 16 de la Decisión n.º 445/2014/UE.
Decimotercero.
No incremento del gasto público.
La constitución y funcionamiento del comité de expertos no supondrá incremento
alguno del gasto público y será atendida con los medios materiales y personales
existentes en el Ministerio de Cultura.
Información adicional para participar en la convocatoria.
Las ciudades candidatas podrán consultar la página web de la Comisión Europea
(https://culture.ec.europa.eu/policies/culture-in-cities-and-regions/european-capitals-ofculture) y la página web del Ministerio de Cultura (http://www.mcu.es), en las que
encontrarán una «Guía para las ciudades candidatas al título de capital europea de la
cultura».
cve: BOE-A-2024-27264
Verificable en https://www.boe.es
Decimocuarto.