Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. (BOE-A-2024-27092)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Jueves 26 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 180328

o superior. Los niveles inferiores a B2 no se considerarán válidos para la superación del
ejercicio.
6.4.3

Tercer ejercicio.

Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 10 puntos para superarlo. Se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de
ideas y la calidad de expresión escrita, así como la forma de presentación y exposición.
6.4.4

Cuarto ejercicio.

Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 10 puntos para superarlo. Se valorarán los conocimientos, el rigor analítico, la
sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.
6.4.5 Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios/as de
organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la
Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo
internacional correspondiente.
6.4.6
6.4.6.1

La calificación final de la fase de oposición.
Acceso libre.

La calificación de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase.
No podrá superar esta fase de oposición un número mayor de personas aspirantes
que el de plazas convocadas.
En el supuesto de que alguna de las plazas convocadas por el turno general quedara
desierta, el Tribunal calificador podrá proponer al órgano convocante que dicha plaza se
destine a incrementar el número de las inicialmente previstas en áreas distintas.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en el tercero, cuarto y primer ejercicio, por este orden. De persistir el empate se
atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en el apartado 8.1., en los
términos especificados en este.
6.4.6.2

Promoción interna.

La calificación de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase.
Para acceder a la fase de concurso deberán superarse los ejercicios de los que
consta la fase de oposición.
Conservación de nota en la convocatoria inmediata siguiente.

En caso de no superar la fase de oposición, las personas aspirantes del turno de
discapacidad que superaran uno o más ejercicios con una calificación superior al 50 por
ciento de la calificación máxima del ejercicio correspondiente, podrán solicitar la
conservación de dicha calificación en la convocatoria inmediata siguiente.
Asimismo, las personas aspirantes del turno general de acceso libre que superaran
el primer ejercicio con una calificación superior al 50 por ciento de la calificación máxima,
podrán solicitar dicha conservación de dicha nota.
Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su casi, a
la aplicación por parte del Tribunal calificador de fórmulas matemáticas que transformen
la puntuación obtenida al objeto al objeto de determinar la superación del ejercicio.
La validez de esta medida será aplicable siempre y cuando el contenido del temario y
la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean
análogos, salvo actualización normativa.

cve: BOE-A-2024-27092
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6.4.7