Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-27132)
Orden TED/1471/2024, de 19 de diciembre, por la que se regula el procedimiento y los requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de electricidad de procedencia renovable en el nudo de transición justa Narcea 400 kV y se procede a su convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Jueves 26 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 180769

8.º En relación con las inversiones en proyectos de importancia estratégica para la
transición hacia una economía climáticamente neutra:
i. Importe total de las inversiones realizadas en el desarrollo de las actuaciones de
impacto socioeconómico.
ii. La relación de todas las inversiones realizadas, acompañada de justificación de
su vinculación a proyectos de importancia estratégica para la transición hacia una
economía climáticamente neutra y de las facturas y los documentos acreditativos del
pago de las mismas.
Asimismo, el informe del auditor verificará que las fechas de las facturas, contratos y
demás documentos correspondientes a los diferentes conceptos a justificar son
posteriores a la fecha de la presentación de la solicitud de participación en el concurso,
sin perjuicio de, por un lado, lo establecido en la base 6.3 y, por otro lado, de que para el
compromiso de empleo en la operación y mantenimiento de las instalaciones de
generación de electricidad presentadas al concurso, establecido en el ordinal 1.º de la
base 12.3.a), se contabilizará el empleo total ETC con independencia de la fecha de
contratación.
4. Los resultados de las actuaciones de impacto socioeconómico y ambiental cuyos
trabajos se hubieran iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud,
de acuerdo a lo establecido en la base 6.3, no se tendrán en consideración en la
verificación de cumplimiento de los compromisos del adjudicatario.
Base 23.

Comprobación y cancelación de la garantía.

1. El órgano encargado del seguimiento comprobará la adecuada justificación del
cumplimiento de los compromisos y de las obligaciones asociadas a la condición de
adjudicatario del concurso indicadas en la base 19.2, y emitirá la certificación acreditativa
correspondiente como resultado de las actuaciones de comprobación efectuadas.
2. Si las actuaciones de comprobación pusieran de manifiesto el cumplimiento por
el adjudicatario de los compromisos vinculados al concurso, el órgano encargado del
seguimiento procederá a la tramitación de la cancelación de la garantía definitiva. Por el
contrario, en caso de incumplimiento de cualquiera de los compromisos, procederá a la
ejecución de la garantía definitiva tal como se indica en la base 24.
3. El Instituto para la Transición Justa, O.A., realizará las acciones que considere
oportunas para supervisar, por sí mismo o a través de un tercero, el trabajo realizado por
el auditor. Esta supervisión alcanzará tanto al proceso de selección y contratación del
auditor por parte del adjudicatario, como al resultado del trabajo realizado por el auditor.
4. En el ejercicio de las actuaciones de comprobación, el órgano competente podrá
requerir al adjudicatario cualquier documentación, que deberá ser aportada en el plazo
máximo de diez días hábiles.

1. Los incumplimientos de las condiciones que motivaron la adjudicación del
concurso podrán considerarse muy graves o graves.
2. Se considerarán incumplimientos muy graves de las condiciones que motivaron
la adjudicación del concurso:
a) La no presentación de la solicitud de los permisos de acceso y de conexión ante
el gestor de la red, en el plazo máximo de seis meses desde la notificación de su
condición de adjudicatario del concurso.
b) El incumplimiento de cualquiera de los compromisos de actuaciones de impacto
socioeconómico y ambiental en un porcentaje superior al 15 % con respecto al
establecido en la resolución del concurso.

cve: BOE-A-2024-27132
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Base 24. Incumplimientos de las obligaciones vinculadas a la condición de
adjudicatario del concurso.