Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-27131)
Orden TED/1470/2024, de 19 de diciembre, por la que se regula el procedimiento y los requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de electricidad de procedencia renovable en el nudo de transición justa La Pereda 220 kV y se procede a su convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Jueves 26 de diciembre de 2024
•
Sec. III. Pág. 180723
Si no se hubiese agotado el importe reservado al cabo de la primera fase, el
ofrecimiento de financiación participativa deberá ampliarse a personas físicas que
tengan su residencia en Asturias, personas jurídicas con domicilio social y fiscal en
Asturias distintas del solicitante o empresas de su mismo grupo y administraciones
locales de Asturias, hasta agotar el importe reservado.
Unidad de medida
Fórmula de cálculo
Puntuacióni = 𝑃𝑚𝑎𝑥 ∗ 0,5 ∗ (1 +
𝐼𝑖 −𝐼𝑚𝑒𝑑
𝐼𝑚𝑎𝑥 −𝐼𝑚𝑒𝑑
)
Pmax= Puntuación máxima del apartado
Ii= Inversión (€) / capacidad solicitada (MW) para el solicitante i
€
𝑀𝑊 𝑠𝑜𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑑𝑜𝑠
Imed= Media de la inversión (€) / capacidad solicitada (MW) de
todos los solicitantes (n):
∑𝑛
𝑖=1 𝐼𝑖
𝑛
Imax= Máxima inversión (€) / capacidad solicitada (MW) de un
solicitante
Puntuación máxima = 2 puntos
3. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DEL ESTADO DE LA MADUREZ DE LAS
INSTALACIONES DE GENERACIÓN DE ELECTRICIDAD:
Este apartado tendrá una puntuación máxima de 6 puntos.
Con carácter previo a la valoración de las solicitudes, se verificará que los solicitantes han
aportado los anteproyectos de las instalaciones de generación de electricidad, incluyendo
las infraestructuras de transformación y de evacuación, según lo indicado en las bases 12.4
y 14.4.
de la información aportada conforme al apartado "3. ESTADO DE MADUREZ DE LAS
INSTALACIONES DE GENERACIÓN DE ELECTRICIDAD" del anexo IV y su
documentación complementaria y con arreglo a los siguientes criterios:
cve: BOE-A-2024-27131
Verificable en https://www.boe.es
La valoración de la madurez de las instalaciones de generación se realizará sobre la base
Núm. 311
Jueves 26 de diciembre de 2024
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Sec. III. Pág. 180723
Si no se hubiese agotado el importe reservado al cabo de la primera fase, el
ofrecimiento de financiación participativa deberá ampliarse a personas físicas que
tengan su residencia en Asturias, personas jurídicas con domicilio social y fiscal en
Asturias distintas del solicitante o empresas de su mismo grupo y administraciones
locales de Asturias, hasta agotar el importe reservado.
Unidad de medida
Fórmula de cálculo
Puntuacióni = 𝑃𝑚𝑎𝑥 ∗ 0,5 ∗ (1 +
𝐼𝑖 −𝐼𝑚𝑒𝑑
𝐼𝑚𝑎𝑥 −𝐼𝑚𝑒𝑑
)
Pmax= Puntuación máxima del apartado
Ii= Inversión (€) / capacidad solicitada (MW) para el solicitante i
€
𝑀𝑊 𝑠𝑜𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑑𝑜𝑠
Imed= Media de la inversión (€) / capacidad solicitada (MW) de
todos los solicitantes (n):
∑𝑛
𝑖=1 𝐼𝑖
𝑛
Imax= Máxima inversión (€) / capacidad solicitada (MW) de un
solicitante
Puntuación máxima = 2 puntos
3. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DEL ESTADO DE LA MADUREZ DE LAS
INSTALACIONES DE GENERACIÓN DE ELECTRICIDAD:
Este apartado tendrá una puntuación máxima de 6 puntos.
Con carácter previo a la valoración de las solicitudes, se verificará que los solicitantes han
aportado los anteproyectos de las instalaciones de generación de electricidad, incluyendo
las infraestructuras de transformación y de evacuación, según lo indicado en las bases 12.4
y 14.4.
de la información aportada conforme al apartado "3. ESTADO DE MADUREZ DE LAS
INSTALACIONES DE GENERACIÓN DE ELECTRICIDAD" del anexo IV y su
documentación complementaria y con arreglo a los siguientes criterios:
cve: BOE-A-2024-27131
Verificable en https://www.boe.es
La valoración de la madurez de las instalaciones de generación se realizará sobre la base