Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-27130)
Orden TED/1469/2024, de 19 de diciembre, por la que se regula el procedimiento y los requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de electricidad de procedencia renovable en el nudo de transición justa Meirama 220 kV y se procede a su convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Jueves 26 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 180622

Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, sin perjuicio de las excepciones previstas
en las bases.
Para la concesión de esta capacidad de acceso no adjudicada, el gestor de la red de
transporte respetará la prelación temporal de las solicitudes de acceso y conexión al
nudo de Meirama 220 kV preexistente a la entrada en vigor de esta orden cuya
tramitación se encontrara suspendida, pendiente del informe de aceptabilidad del
operador del sistema para la efectiva implementación de la disposición adicional
vigésima segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
2. El primer día hábil del mes siguiente al de la publicación en el BOE de la
resolución del concurso que regula la presente orden para la concesión de capacidad de
acceso de evacuación a la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de
electricidad en el nudo de transición justa Meirama 220 kV, el Operador del Sistema
publicará la capacidad de acceso que no resulte adjudicada en el concurso, y será el
momento a partir del cual puedan realizarse solicitudes de acceso y conexión según el
artículo 7 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre. En todo caso, para el
otorgamiento de los permisos de acceso y conexión para dicha capacidad, el gestor de la
red de transporte deberá respetar el orden preexistente a la entrada en vigor de esta
orden de las solicitudes de acceso y conexión al nudo Meirama 220 kV cuya tramitación
se encontrara suspendida.
Disposición final primera.

Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.25.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre las bases
del régimen minero y energético, respectivamente.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día 1 de febrero de 2025.
Madrid, 19 de diciembre de 2024.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen Muñoz.
ANEXO
Bases reguladoras que han de regir el concurso público para la concesión, en
régimen de concurrencia competitiva, de capacidad de acceso de evacuación a
la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de electricidad de
procedencia renovable en el nudo de transición justa Meirama 220 kV
TÍTULO I
Objeto, régimen jurídico y reglas generales del concurso

1. Las presentes bases reguladoras tienen por objeto el establecimiento del marco
regulador del procedimiento que ha de regir para la adjudicación de 408 MW de
capacidad de acceso para evacuar energía eléctrica en el nudo de transición justa
Meirama 220 kV afectado por el cierre de la Central Térmica de Meirama, en el municipio
de Cerceda, provincia de A Coruña, en el marco de los compromisos de
descarbonización adoptados en el seno de la Unión Europea.
Se regula un procedimiento en régimen de concurrencia competitiva, mediante
concurso, para determinar el orden de prelación en dicho nudo, para el otorgamiento de
la capacidad de acceso a la red de energía eléctrica a las instalaciones de generación de
electricidad, que deberán solicitar posteriormente los permisos de acceso y conexión de

cve: BOE-A-2024-27130
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Base 1. Objeto y finalidad.