Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-27063)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Torre Pacheco a inscribir una escritura de adjudicación de herencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Miércoles 25 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 180137
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
27063
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Torre Pacheco a inscribir una escritura de
adjudicación de herencia.
En el recurso interpuesto por don J. M. G. A. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Torre Pacheco, don Jesús Nicolás Juez Álvarez, a inscribir una escritura de
adjudicación de herencia.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 28 de agosto de 2023 por el notario de Vigo, don
José María Rueda Pérez, con el número 2.589 de protocolo, se otorgó por don J. G. S.,
sus hermanos y su padre, la adjudicación hereditaria, a favor de este último y entre otras,
de la finca registral número 58.295 de Torre Pacheco, como consecuencia de la
liquidación de la sociedad de gananciales y de la adjudicación hereditaria motivadas por
el fallecimiento de su esposa (acaecido en Vigo en el año 2022), y en la que el viudo
ostentaba la condición de heredero único y universal.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Torre Pacheco, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Documento de referencia.
Clase documento: Notarial Fecha: 28/08/2023.
Notaría de Vigo, don José María Rueda Pérez.
N.º protocolo: 2589/2023.
Datos sobre su presentación en el Registro.
Entrada n.º 4495.
Asiento n.º: 808 Diario n.º 2024.
Fecha presentación: julio del año dos mil veinticuatro.
1. Con fecha once de julio del año dos mil veinticuatro y bajo el asiento 808 del
diario 2024 se presenta la escritura calificada, en la que al fallecimiento de M. E. A. G.,
se adjudica a su esposo J. G. S., el pleno dominio de la finca registral 58.295 de TorrePacheco.
2. La causante falleció en Vigo bajo testamento abierto otorgado en Méjico, cuya
copia debidamente legalizada se acompaña a la escritura calificada. En dicho testamento
se dice que la otorgante es de nacionalidad mejicana y que instituye como único
heredero a su marido, el citado J. G. S.
No obstante, en la escritura se señala que la causante tenía nacionalidad española
(al estar provista de DNI) y vecindad civil gallega al tiempo de su fallecimiento, y que su
marido es residente en la ciudad de Vigo, debiendo entenderse que este era también el
último domicilio de la causante.
cve: BOE-A-2024-27063
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.
Núm. 310
Miércoles 25 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 180137
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
27063
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Torre Pacheco a inscribir una escritura de
adjudicación de herencia.
En el recurso interpuesto por don J. M. G. A. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Torre Pacheco, don Jesús Nicolás Juez Álvarez, a inscribir una escritura de
adjudicación de herencia.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 28 de agosto de 2023 por el notario de Vigo, don
José María Rueda Pérez, con el número 2.589 de protocolo, se otorgó por don J. G. S.,
sus hermanos y su padre, la adjudicación hereditaria, a favor de este último y entre otras,
de la finca registral número 58.295 de Torre Pacheco, como consecuencia de la
liquidación de la sociedad de gananciales y de la adjudicación hereditaria motivadas por
el fallecimiento de su esposa (acaecido en Vigo en el año 2022), y en la que el viudo
ostentaba la condición de heredero único y universal.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Torre Pacheco, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Documento de referencia.
Clase documento: Notarial Fecha: 28/08/2023.
Notaría de Vigo, don José María Rueda Pérez.
N.º protocolo: 2589/2023.
Datos sobre su presentación en el Registro.
Entrada n.º 4495.
Asiento n.º: 808 Diario n.º 2024.
Fecha presentación: julio del año dos mil veinticuatro.
1. Con fecha once de julio del año dos mil veinticuatro y bajo el asiento 808 del
diario 2024 se presenta la escritura calificada, en la que al fallecimiento de M. E. A. G.,
se adjudica a su esposo J. G. S., el pleno dominio de la finca registral 58.295 de TorrePacheco.
2. La causante falleció en Vigo bajo testamento abierto otorgado en Méjico, cuya
copia debidamente legalizada se acompaña a la escritura calificada. En dicho testamento
se dice que la otorgante es de nacionalidad mejicana y que instituye como único
heredero a su marido, el citado J. G. S.
No obstante, en la escritura se señala que la causante tenía nacionalidad española
(al estar provista de DNI) y vecindad civil gallega al tiempo de su fallecimiento, y que su
marido es residente en la ciudad de Vigo, debiendo entenderse que este era también el
último domicilio de la causante.
cve: BOE-A-2024-27063
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.