Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-27056)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la certificación expedida por la registradora de la propiedad accidental de Pedreguer, por el contenido de la certificación expedida al practicar la inscripción de una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Miércoles 25 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 180082

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
27056

Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Dirección General
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra
certificación expedida por la registradora de la propiedad accidental
Pedreguer, por el contenido de la certificación expedida al practicar
inscripción de una escritura de compraventa.

de
la
de
la

En el recurso interpuesto por don J. L. G., en su condición de administrador único de
la sociedad mercantil «El Toll Marina Baixa, SL», contra la certificación expedida por la
registradora de la Propiedad accidental de Pedreguer, doña Teresa Aparicio Marín, por el
contenido de la certificación expedida al practicar la inscripción de una escritura de
compraventa.
Hechos
I
Con fecha 21 de junio de 2024 y número 1.384 del protocolo del notario de
Benidorm, don José Ramón Rius Mestre, se formalizaba una escritura de aumento de
capital social con aportación de bienes. Presentada dicha escritura en el Registro de la
Propiedad de Pedreguer, fue inscrita.
II
Inscrita la escritura en el Registro de la Propiedad de Pedreguer, se expidió la
siguiente certificación:

Este folio forma parte de la Escritura n.º 1384/2024 de fecha veintiuno de junio del
año dos mil veinticuatro del Notario de Benidorm, don José Ramón Rius Mestre.
Incidencias más relevantes del procedimiento registral: Presentado 19 de agosto
de 2024.
Acreditada la presentación de los impuestos y comprobado el CSV de las
correspondientes cartas de pago, he procedido a calificar el precedente documento,
presentado en este Registro, bajo el asiento 859, del diario 2024, y he resuelto inscribir
en el Registro electrónico la/s siguiente/s Finca/s: Inscripción 4.ª de la finca 10180 de
Ondara, Código Registral Único: 03049000458548; el pleno dominio a favor de El Toll
Marina Baixa SL por título de aportación a sociedad mercantil, previa apertura del folio
electrónico.
Afecciones fiscales: Al margen de las inscripción/es dicha/s, han sido extendida/s,
nota/s de afección fiscal por plazo de cinco años:
CRU: Incorporado para cada finca en su folio real electrónico correspondiente,
conforme establece el artículo 9 de la Ley Hipotecaria.
Suelos contaminados: Extendida la correspondiente nota marginal sobre residuos y
suelos contaminados prevista en el artículo 98 de la Ley 7/2022, y practicada la
comunicación/certificación para el organismo correspondiente Coordinación RegistroCatastro: A fecha de hoy no lo está.

cve: BOE-A-2024-27056
Verificable en https://www.boe.es

«Teresa Aparicio Marín, registradora accidental del Registro de la Propiedad de
Pedreguer, conforme al artículo 19 bis de la Ley Hipotecaria, certifico que: