Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-27078)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Planta de almacenamiento de energía Glauco Almacena, de 50,9 MW de potencia instalada, y para su infraestructura de evacuación, en la provincia de Girona».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 180237

El proyecto «Planta de almacenamiento de energía Glauco Almacena, de 59,9 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Girona» se
encuentra encuadrado en el artículo 7.2, apartado a) «Los proyectos comprendidos en el
anexo II» de la Ley de evaluación ambiental. Tras la entrada en vigor del RD 445/2023,
de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013 de
evaluación ambiental, según el anexo II, la actividad se clasifica en el apartado n) del
grupo 4, «Almacenamiento energético stand-alone a través de baterías electroquímicas o
con cualquier tecnología de carácter hibridado con instalaciones de energía eléctrica».
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de
Evaluación Ambiental, esta Dirección General resuelve:
De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho alegados y
como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el
sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Planta de
almacenamiento de energía Glauco Almacena, de 59,9 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, en la provincia de Girona», ya que no se prevén efectos
adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando que se cumplan las
medidas incluidas en el documento ambiental y las prescripciones adicionales de la
presente resolución.
Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es).
De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental,
el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que, en su
caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.
Madrid, 17 de diciembre de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.

cve: BOE-A-2024-27078
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Núm. 310