Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-26995)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XI Convenio colectivo de Lufthansa Cargo AG.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 179722
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
26995
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el XI Convenio colectivo de Lufthansa Cargo
AG.
Visto el texto del XI Convenio colectivo de la empresa Lufthansa Cargo Ag (Código
de convenio n.º 90013832012002), que fue suscrito con fecha 2 de septiembre de 2024,
de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la
misma, y de otra por la sección sindical de CC.OO., en representación de los
trabajadores afectados, y que ha sido definitivamente subsanado mediante acta de
fecha 26 de noviembre de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado
por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo de empresa en el
correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro
Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de diciembre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
XI CONVENIO COLECTIVO DE LUFTHANSA CARGO AG
Competencia y Reglamentación aplicable
El presente convenio colectivo, suscrito por la representación de la Dirección de la
empresa Lufthansa Cargo AG (llamado en lo sucesivo la Compañía) y por la sección
sindical, se aplicará de forma general a los trabajadores de Lufthansa Cargo AG en los
centros de trabajo de España, siempre que realicen funciones establecidas dentro de los
grupos salariales establecidos en el anexo I (clasificación laboral) y remuneradas de
acuerdo con el anexo II (Tabla salarial).
Se excluye expresamente del mismo, al personal que realice las funciones de alta
dirección y alta gestión, así como los responsables de los centros de trabajo y los
departamentos actuales y de nueva creación, cuyas categorías profesionales no estén
contempladas en el convenio.
La duración del presente convenio es la prevista en el artículo 13.
La relación laboral del personal de la empresa contratado en España se regirá:
a)
b)
Por el presente convenio colectivo.
Por la legislación laboral española aplicable a la empresa.
cve: BOE-A-2024-26995
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 179722
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
26995
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el XI Convenio colectivo de Lufthansa Cargo
AG.
Visto el texto del XI Convenio colectivo de la empresa Lufthansa Cargo Ag (Código
de convenio n.º 90013832012002), que fue suscrito con fecha 2 de septiembre de 2024,
de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la
misma, y de otra por la sección sindical de CC.OO., en representación de los
trabajadores afectados, y que ha sido definitivamente subsanado mediante acta de
fecha 26 de noviembre de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado
por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo de empresa en el
correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro
Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de diciembre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
XI CONVENIO COLECTIVO DE LUFTHANSA CARGO AG
Competencia y Reglamentación aplicable
El presente convenio colectivo, suscrito por la representación de la Dirección de la
empresa Lufthansa Cargo AG (llamado en lo sucesivo la Compañía) y por la sección
sindical, se aplicará de forma general a los trabajadores de Lufthansa Cargo AG en los
centros de trabajo de España, siempre que realicen funciones establecidas dentro de los
grupos salariales establecidos en el anexo I (clasificación laboral) y remuneradas de
acuerdo con el anexo II (Tabla salarial).
Se excluye expresamente del mismo, al personal que realice las funciones de alta
dirección y alta gestión, así como los responsables de los centros de trabajo y los
departamentos actuales y de nueva creación, cuyas categorías profesionales no estén
contempladas en el convenio.
La duración del presente convenio es la prevista en el artículo 13.
La relación laboral del personal de la empresa contratado en España se regirá:
a)
b)
Por el presente convenio colectivo.
Por la legislación laboral española aplicable a la empresa.
cve: BOE-A-2024-26995
Verificable en https://www.boe.es
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