Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. I. Disposiciones generales. Producción vitícola. (BOE-A-2024-26928)
Real Decreto 1308/2024, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Ensayos a realizar
Sec. I. Pág. 179467
Descripción
**Observar las manchas de Oídio sobre el conjunto de las hojas de 4 a 6
cepas en dos períodos, si es posible:
aproximadamente 3 semanas después del comienzo de la floración
(hojas en crecimiento) y después de la vendimia o antes de las primeras
heladas (hojas adultas). Tener en cuenta las condiciones climáticas que
influyen en la enfermedad.
1 = manchas en capas no delimitadas y muy extensas, o limbo
enteramente parasitado - micelio y fructificaciones del hongo
abundantes; 3 = amplias manchas extensas, algunas de las cuales
delimitadas - limbo parcialmente parasitado - micelio y fructificaciones
del hongo abundantes; 5 = manchas en general delimitadas, de un
diámetro de 2 a 5 cm, aproximadamente; 7 = manchas delimitadas de
tamaño reducido, de un diámetro de menos de 2 cm - micelio
y fructificaciones del hongo raros (sólo una ligera crispación del limbo
indica la presencia del Oídio); 9 = manchas por puntos o ausencia de
síntomas - sin micelio prácticamente, ni fructificaciones visibles
(solamente muy ligeras crispaciones del limbo).
Resistencia al Oídio.
*Según Lista descriptores para variedades de vid y especies de vitis. Código n.º OIV 452. Carácter: Hoja: grado de la resistencia a Plasmopara. IPGRI 9.2.3.
** Según Lista descriptores para variedades de vid y especies de vitis. Código n.º OIV 455.Carácter: Hoja: grado de la resistencia a Oidio.IPGRI 9.2.5.»
Dieciséis.
El anexo XXI queda redactado como sigue:
«ANEXO XXI
Clasificación de las variedades de vid
1.
Comunidad Autónoma de Andalucía
Provincias: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla
Airén, B.
Albariño, B.
Albillo Mayor, B.
Albillo Real, B.
Arinto, B.
Beba, B.
Blanca Gordal, B.
Bobal, T.
Blauer Limberger, Blaufränkisch, Lemberger T.
Cabernet Franc, T.
Cabernet Sauvignon, T.
Colombard, B.
Chardonnay, B.
Doradilla, B.
Garnacha Blanca, B.
Garnacha Tinta, T.
Garnacha Tintorera T.
Garrido Fino, B.
Gewürztraminer, B.
Graciano, T.
Jaén Tinto, T.
Lairen, B.
Listán del Condado, B.
Listán Prieto, T.
cve: BOE-A-2024-26928
Verificable en https://www.boe.es
Variedades autorizadas:
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Ensayos a realizar
Sec. I. Pág. 179467
Descripción
**Observar las manchas de Oídio sobre el conjunto de las hojas de 4 a 6
cepas en dos períodos, si es posible:
aproximadamente 3 semanas después del comienzo de la floración
(hojas en crecimiento) y después de la vendimia o antes de las primeras
heladas (hojas adultas). Tener en cuenta las condiciones climáticas que
influyen en la enfermedad.
1 = manchas en capas no delimitadas y muy extensas, o limbo
enteramente parasitado - micelio y fructificaciones del hongo
abundantes; 3 = amplias manchas extensas, algunas de las cuales
delimitadas - limbo parcialmente parasitado - micelio y fructificaciones
del hongo abundantes; 5 = manchas en general delimitadas, de un
diámetro de 2 a 5 cm, aproximadamente; 7 = manchas delimitadas de
tamaño reducido, de un diámetro de menos de 2 cm - micelio
y fructificaciones del hongo raros (sólo una ligera crispación del limbo
indica la presencia del Oídio); 9 = manchas por puntos o ausencia de
síntomas - sin micelio prácticamente, ni fructificaciones visibles
(solamente muy ligeras crispaciones del limbo).
Resistencia al Oídio.
*Según Lista descriptores para variedades de vid y especies de vitis. Código n.º OIV 452. Carácter: Hoja: grado de la resistencia a Plasmopara. IPGRI 9.2.3.
** Según Lista descriptores para variedades de vid y especies de vitis. Código n.º OIV 455.Carácter: Hoja: grado de la resistencia a Oidio.IPGRI 9.2.5.»
Dieciséis.
El anexo XXI queda redactado como sigue:
«ANEXO XXI
Clasificación de las variedades de vid
1.
Comunidad Autónoma de Andalucía
Provincias: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla
Airén, B.
Albariño, B.
Albillo Mayor, B.
Albillo Real, B.
Arinto, B.
Beba, B.
Blanca Gordal, B.
Bobal, T.
Blauer Limberger, Blaufränkisch, Lemberger T.
Cabernet Franc, T.
Cabernet Sauvignon, T.
Colombard, B.
Chardonnay, B.
Doradilla, B.
Garnacha Blanca, B.
Garnacha Tinta, T.
Garnacha Tintorera T.
Garrido Fino, B.
Gewürztraminer, B.
Graciano, T.
Jaén Tinto, T.
Lairen, B.
Listán del Condado, B.
Listán Prieto, T.
cve: BOE-A-2024-26928
Verificable en https://www.boe.es
Variedades autorizadas: