Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2024-47187)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A en el que se publica la aprobación y resolución sobre el canon de regulación para el año 2025 de los aprovechamientos con aguas procedentes de los recursos propios del Embalse del Argos.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Martes 24 de diciembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 74170

TERCERO.- En relación con las alegaciones presentadas, se ha incorporado al
expediente informe de Dirección Técnica de fecha 2/12/2024, con el siguiente
contenido:
"En relación a las alegaciones presentadas por la Comunidad de Regantes del
Embalse del Argos con fecha 12/11/2024, relativas a volver a calcular el canon
debido a que en la memoria del mismo recoge la gratuidad de 2 hm3 a fin de
reducir la cuota correspondiente, viene reflejado claramente en el canon donde
dice que los 2 hm3 para ser excluidos del cálculo del canon se necesita convertir
dicho m3 en hectáreas equivalentes y para ello se utiliza la dotación que se
establece para los regadío tradicionales referentes a la Orden de 25 de abril de
1953, que establece 7.100 m3 por hectárea y año y como referencia se toma esta
equivalencia para el cálculo del canon y la reducción del mismo.
Según este criterio de las 1.095 hectáreas que es la concesión de la
Comunidad de Regantes del Argos les correspondería un volumen anual de
7.774.500 m3 año, por lo que los 2 millones de metros que se quieren considerar
exentos equivalen a un 74,27 % a efectos de reducción al cálculo del canon. Pero
no tiene vinculación alguna con la concesión que es competencia de la Comisaria
de Aguas y no de la Junta de Explotación del Argos.
Con fecha 26/11/98 se celebró la Junta de Explotación del Canon del Argos,
aprobando este criterio para la elaboración del canon, que viene reflejado en el
mismo documento, quedando aprobado para los sucesivos años utilizándose ese
criterio desde el año 98 hasta la actualidad como viene reflejado en la memoria del
canon.
Por todo ello no ha lugar el recálculo del canon dado que la reducción del
canon esta basada en la aprobación realizada en su día y se lleva aplicando desde
hace más de 25 años. Se adjunta el acta del 26 de noviembre de 1998 por el que
se aprueba por unanimidad dicha propuesta.
Por todo lo cual ESTA PRESIDENCIA en virtud de las atribuciones legalmente
conferidas
HA RESUELTO:
PRIMERO.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas durante el plazo de
Información Pública.
SEGUNDO.- DECLARAR conforme a derecho la elaboración del Canon de
Regulación de los aprovechamientos con aguas procedentes de los recursos
propios del Embalse de Argos para el año 2025

CUARTO.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
El Canon a aplicar es el siguiente: Regadíos:
- Canon: 108,55 €/Ha.
- Superficie de riego = 1095 Has.

cve: BOE-B-2024-47187
Verificable en https://www.boe.es

TERCERO.- APROBAR definitivamente mediante esta Resolución el Canon de
Regulación del año 2025 de los aprovechamientos con aguas procedentes de los
recursos propios del Embalse de Argos para el año 2025