Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Carrera Diplomática. (BOE-A-2024-26788)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Carrera Diplomática.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 176583
Se advierte de que las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden
coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
6.
Nacionalidad
Solo podrán participar las personas candidatas de nacionalidad española, según lo
establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
7.
Solicitudes
7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo
oficial 790 (solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y
liquidación de tasas de derechos de examen), al que se accederá, con carácter general,
a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://
administracion.gob.es/PAG/ips.
7.2 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, las solicitudes se presentarán por vía electrónica haciendo uso del servicio
de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indican en el anexo
IV, para lo cual será necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y
firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades. La presentación por esta vía
permitirá la inscripción en línea del modelo oficial, anexar documentos a la solicitud, el
pago electrónico de la tasa y el registro electrónico de la solicitud.
Las personas participantes en procesos selectivos convocados por la Administración
General del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados
o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las solicitudes y
documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de
las actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios electrónicos.
Solo se aceptará la cumplimentación sustitutoria en papel para las solicitudes
cursadas en el extranjero cuando no se haya podido realizar este trámite de forma
telemática o en el caso de concurrir una incidencia técnica debidamente acreditada que
haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las misiones
diplomáticas, representaciones permanentes u oficinas consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber
ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente que se especifica en el anexo
IV de esta convocatoria.
7.3 Personas con discapacidad: quienes soliciten participar por el cupo de reserva
de personas con discapacidad deberán reflejarlo en el formulario de solicitud y
únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta norma
determinará la exclusión de la persona aspirante que no la hubiera observado.
Las personas aspirantes con discapacidad deberán indicar expresamente en el
modelo oficial de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
de las pruebas del proceso selectivo que requieren, a fin de asegurar su participación en
condiciones de igualdad. Para solicitar dicha adaptación deberán adjuntar, al modelo
oficial de solicitud, el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias
permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de
que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la
adaptación solicitada. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de tiempos que
correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad e informará a
los opositores afectados sobre la concesión de tiempos y medios otorgados en su caso.
cve: BOE-A-2024-26788
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 176583
Se advierte de que las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden
coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
6.
Nacionalidad
Solo podrán participar las personas candidatas de nacionalidad española, según lo
establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
7.
Solicitudes
7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo
oficial 790 (solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y
liquidación de tasas de derechos de examen), al que se accederá, con carácter general,
a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://
administracion.gob.es/PAG/ips.
7.2 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, las solicitudes se presentarán por vía electrónica haciendo uso del servicio
de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indican en el anexo
IV, para lo cual será necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y
firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades. La presentación por esta vía
permitirá la inscripción en línea del modelo oficial, anexar documentos a la solicitud, el
pago electrónico de la tasa y el registro electrónico de la solicitud.
Las personas participantes en procesos selectivos convocados por la Administración
General del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados
o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las solicitudes y
documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de
las actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios electrónicos.
Solo se aceptará la cumplimentación sustitutoria en papel para las solicitudes
cursadas en el extranjero cuando no se haya podido realizar este trámite de forma
telemática o en el caso de concurrir una incidencia técnica debidamente acreditada que
haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las misiones
diplomáticas, representaciones permanentes u oficinas consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber
ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente que se especifica en el anexo
IV de esta convocatoria.
7.3 Personas con discapacidad: quienes soliciten participar por el cupo de reserva
de personas con discapacidad deberán reflejarlo en el formulario de solicitud y
únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta norma
determinará la exclusión de la persona aspirante que no la hubiera observado.
Las personas aspirantes con discapacidad deberán indicar expresamente en el
modelo oficial de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
de las pruebas del proceso selectivo que requieren, a fin de asegurar su participación en
condiciones de igualdad. Para solicitar dicha adaptación deberán adjuntar, al modelo
oficial de solicitud, el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias
permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de
que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la
adaptación solicitada. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de tiempos que
correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad e informará a
los opositores afectados sobre la concesión de tiempos y medios otorgados en su caso.
cve: BOE-A-2024-26788
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308