Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26887)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público autonómico, ejercicios 2019 y 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 178860
Cuadro 29 LIQUIDACIÓN DE RECURSOS PROCEDENTES DE FCI EN LOS
PRESUPUESTOS DE INGRESOS DE 2019 Y 2020
(miles de euros)
Comunidad y Ciudad
Autónoma
2019
2020
Cobros
Derechos
reconocidos
Cobros
160.923
160.923
160.923
160.923
Principado de Asturias
14.161
14.161
14.161
14.161
Canarias
51.516
51.516
37.918
37.918
Cantabria
6.957
6.957
4.223
4.223
Castilla y León
18.765
18.765
18.765
14.074
Castilla-La Mancha
35.005
35.005
35.005
35.005
Comunitat Valenciana
52.299
52.299
52.299
52.299
Extremadura
26.103
26.103
23.831
23.831
Galicia
45.591
45.591
3.804
3.804
Región de Murcia
18.712
Andalucía
Derechos
reconocidos
28.605
28.605
18.712
Ceuta
3.309
2.177
3.310
0
Melilla
5.853
5.853
2.735
2.735
449.008
447.956
375.686
367.685
Total
Fuente: Elaboración propia a partir de las liquidaciones de presupuestos de ingresos de las Comunidades
Autónomas.
Para el registro de los FCI en la contabilidad autonómica, el Documento de Principios Contables
Públicos número 4 “Transferencias y Subvenciones” determina que el reconocimiento del derecho
de cobro se realice en el momento en el que se efectúe la petición de los fondos. Por ello, existe
correspondencia entre los ingresos reconocidos y el importe certificado en el año, con
independencia del ejercicio de procedencia del fondo que financia los proyectos y de aquel en el
que se reciben los fondos.
Sin embargo, al haber seguido un criterio de caja en la contabilización, Cantabria sobrevaloró en
560,04 miles de euros los derechos reconocidos en 201919.
En el caso de Castilla y León, la Cámara de Cuentas estima que, dado que el Marco Conceptual
del nuevo Plan General de dicho territorio no recoge la excepción contable del Documento de
Principios Contables, la contabilización de los ingresos del FCI se debe realizar, como en el resto
de subvenciones y transferencias, por el principio de caja (cuando el ente concedente abona la
cuantía) o, en su defecto, por el principio de devengo (cuando el ente concedente reconoce la
obligación con cargo a su presupuesto de gastos). En la citada Comunidad el criterio contable
19
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2019, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas
el 27 de enero de 2022.
20
Informe Anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2019, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 27
de enero de 2022.
cve: BOE-A-2024-26887
Verificable en https://www.boe.es
Ceuta registró como derecho reconocido la totalidad de la dotación inicial sin vincular su registro a
las peticiones cursadas, con lo que se produjo una sobrevaloración de los ingresos presupuestarios
de 1.132 miles de euros en 201920 y 3.309,5 miles de euros en 2020.
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 178860
Cuadro 29 LIQUIDACIÓN DE RECURSOS PROCEDENTES DE FCI EN LOS
PRESUPUESTOS DE INGRESOS DE 2019 Y 2020
(miles de euros)
Comunidad y Ciudad
Autónoma
2019
2020
Cobros
Derechos
reconocidos
Cobros
160.923
160.923
160.923
160.923
Principado de Asturias
14.161
14.161
14.161
14.161
Canarias
51.516
51.516
37.918
37.918
Cantabria
6.957
6.957
4.223
4.223
Castilla y León
18.765
18.765
18.765
14.074
Castilla-La Mancha
35.005
35.005
35.005
35.005
Comunitat Valenciana
52.299
52.299
52.299
52.299
Extremadura
26.103
26.103
23.831
23.831
Galicia
45.591
45.591
3.804
3.804
Región de Murcia
18.712
Andalucía
Derechos
reconocidos
28.605
28.605
18.712
Ceuta
3.309
2.177
3.310
0
Melilla
5.853
5.853
2.735
2.735
449.008
447.956
375.686
367.685
Total
Fuente: Elaboración propia a partir de las liquidaciones de presupuestos de ingresos de las Comunidades
Autónomas.
Para el registro de los FCI en la contabilidad autonómica, el Documento de Principios Contables
Públicos número 4 “Transferencias y Subvenciones” determina que el reconocimiento del derecho
de cobro se realice en el momento en el que se efectúe la petición de los fondos. Por ello, existe
correspondencia entre los ingresos reconocidos y el importe certificado en el año, con
independencia del ejercicio de procedencia del fondo que financia los proyectos y de aquel en el
que se reciben los fondos.
Sin embargo, al haber seguido un criterio de caja en la contabilización, Cantabria sobrevaloró en
560,04 miles de euros los derechos reconocidos en 201919.
En el caso de Castilla y León, la Cámara de Cuentas estima que, dado que el Marco Conceptual
del nuevo Plan General de dicho territorio no recoge la excepción contable del Documento de
Principios Contables, la contabilización de los ingresos del FCI se debe realizar, como en el resto
de subvenciones y transferencias, por el principio de caja (cuando el ente concedente abona la
cuantía) o, en su defecto, por el principio de devengo (cuando el ente concedente reconoce la
obligación con cargo a su presupuesto de gastos). En la citada Comunidad el criterio contable
19
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2019, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas
el 27 de enero de 2022.
20
Informe Anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2019, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 27
de enero de 2022.
cve: BOE-A-2024-26887
Verificable en https://www.boe.es
Ceuta registró como derecho reconocido la totalidad de la dotación inicial sin vincular su registro a
las peticiones cursadas, con lo que se produjo una sobrevaloración de los ingresos presupuestarios
de 1.132 miles de euros en 201920 y 3.309,5 miles de euros en 2020.