Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26887)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público autonómico, ejercicios 2019 y 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 178857

Cuadro 27 GRADO DE EJECUCIÓN (%) DE LOS FCI-2019 Y FCI-2020
(En porcentaje)
FCI-2019
Comunidades y Ciudades
Autónomas

FCI-2020

2019

2020

2021

2022

Total

2020

2021

2022

Total

Andalucía

100,0

0,0

0,0

0,0

100,0

100,0

0,0

0,0

100,0

Principado de Asturias

100,0

0,0

0,0

0,0

100,0

100,0

0,0

0,0

100,0

Canarias

62,8

27,2

8,4

1,5

100,0

48,0

38,1

13,2

99,4

Cantabria

100,0

0,0

0,0

0,0

100,0

80,3

19,6

0,0

100,0

Castilla-La Mancha

100,0

0,0

0,0

0,0

100,0

100

0,0

0,0

100,0

Castilla y León

100,0

0,0

0,0

0,0

100,0

75,0

25,0

0,0

100,0

Extremadura

57,9

42,0

0,0

0,0

100,0

52,9

47,0

0,0

100,0

Galicia

89,1

8,7

2,1

0,0

100,0

0,0

0,0

29,4

29,4

Región de Murcia

57,0

42,9

0,0

0,0

100,0

43,4

56,5

0,0

100,0

100,0

0,0

0,0

0,0

100,0

100,0

0,0

0,0

100,0

Ceuta

65,7

22,8

11,4

0,0

100,0

0,0

100,0

0,0

100,0

Melilla

20,7

55,2

22,9

0,2

99,1

0,0

29,2

62,8

92,1

Total

89,1

9,2

1,4

0,2

99,99

75,7

12,3

4,9

92,9

Comunitat Valenciana

Fuente: Elaboración propia a partir de la información que sobre la gestión y ejecución de los FCI se publica en la
Central de Información Financiera del Ministerio de Hacienda.

En general, los territorios beneficiarios habían certificado en su totalidad la dotación de los FCI de
ambos ejercicios. Al finalizar 2022, únicamente Canarias y Galicia, respecto del ejercicio 2020, y
Melilla en relación con ambos ejercicios, no habían certificado la ejecución de la totalidad de los
fondos dotados.
En el Anexo VI se relacionan los proyectos del FCI-2019 y FCI-2020 pendientes de certificar su
ejecución a la finalización de 2022.

La LRFCI, al objeto de permitir el control parlamentario, prevé la necesidad de que las Comunidades
Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía contabilicen adecuada y separadamente la
ejecución de cada proyecto de inversión financiado con cargo a los Fondos de Compensación
Interterritorial.
Sin embargo, algunos de los sistemas de seguimiento de proyectos adolecían de carencias tales
como: no permitir identificar las operaciones de gasto derivadas de la ejecución de los proyectos de
inversión financiados por el FCI tal y como estos están definidos en el Anexo a los PGE, ya que se
refieren a líneas de inversión y no a proyectos individualizados; o no permitir discriminar la parte
financiada con los Fondos y con otras fuentes de financiación. En cualquier caso, dichas carencias

cve: BOE-A-2024-26887
Verificable en https://www.boe.es

En ninguno de los territorios beneficiarios se han observado incidencias en la tramitación y
contenido de las certificaciones. Respecto de la elegibilidad, tal y como se ha afirmado con carácter
previo en el Epígrafe II.5.2. para los FCI-2019 asignados a la Ciudad Autónoma de Ceuta se detectó
una incidencia, ya que se certificó para su financiación por el FCI un gasto que pretendía dar
cobertura a una operación de endeudamiento de una sociedad dependiente.