Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26887)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público autonómico, ejercicios 2019 y 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 178832
−
Extremadura: El informe sobre la Cuenta General de la Comunidad de 2020 identifica una
serie de incidencias en el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, si bien
ninguna de ellas se relaciona con la publicidad de las cuentas anuales que deben rendirse ni
de los informes de auditoría de cuentas o de fiscalización emitidos.
−
Galicia: En los informes del Consello de Contas, relativos al ejercicio 2020 tanto en el de
fiscalización de la Cuenta General como en el Informe económico-financiero de las entidades
instrumentales, se incluyen apartados con referencias a la publicidad activa de las cuentas,
poniendo énfasis en el hecho de que los formatos utilizados para ello no cumplen con las
condiciones de reutilización exigidas en la normativa.
−
Región de Murcia: En el Portal de Transparencia de la Comunidad, junto a la Cuenta General
de cada año, se han publicado todas las cuentas rendidas de las entidades del sector público
de la Comunidad, así como sus correspondientes informes de autoría o control financiero,
además de los informes de fiscalización del Tribunal de Cuentas.
−
La Rioja: En el Informe de la Cuenta General de la Comunidad de 2020, se reseña el
cumplimiento por la Administración General de los requerimientos de publicidad. No se
identifica ninguna incidencia en la publicidad activa de las cuentas y de los informes de
fiscalización en relación con el resto de entidades comprendidas en el ámbito subjetivo de
aplicación de la LTAIBG.
−
Comunitat Valenciana: la Intervención General de la Generalitat publica, en su página web
todas las cuentas anuales e informes de la Cuenta General.
−
Ciudad Autónoma de Ceuta: En el Informe anual de Ceuta 2019, se indica que no se han
publicado los informes de fiscalización correspondiente a los ejercicios inmediatamente
anteriores. Tampoco se ha informado de las cuentas anuales.
II.4.
REMISIÓN DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN SOBRE CONTRATOS, CONVENIOS
Y ENCARGOS A MEDIOS PROPIOS
Ha de tenerse en cuenta que el alcance de las obligaciones de remisión no es igual en todas las
Comunidades Autónomas y que no todas las ICEX ofrecen en sus informes de fiscalización
resultados del cumplimiento de dichas obligaciones, por lo que no se ha dispuesto de información
respecto de algunas Comunidades Autónomas, o la información disponible ha sido parcial o no ha
podido ser estandarizada.
Por este motivo, se reflejan en este subapartado los datos agregados referidos a la actividad
contractual del sector público autonómico, mientras que el análisis del grado de cumplimiento de
los plazos de remisión se refiere a los territorios que carecían de OCEX en el periodo fiscalizado.
cve: BOE-A-2024-26887
Verificable en https://www.boe.es
Se incluye en este Subapartado, en atención a lo previsto en el objetivo 3 de esta fiscalización, el
análisis del cumplimiento por las entidades del sector público autonómico de las obligaciones de
remisión de información y documentación sobre contratos, convenios y encargos a medios propios.
La exposición de los resultados se realiza conforme a lo recogido por las ICEX en sus informes de
fiscalización, a otra información facilitada por estas, en su caso, y a la información recibida de las
Comunidades Autónomas que no contaban con OCEX y de las Ciudades con Estatuto de
Autonomía a través de la Plataforma de remisión telemática de información sobre contratos del
Tribunal de Cuentas (RETECON).
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 178832
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Extremadura: El informe sobre la Cuenta General de la Comunidad de 2020 identifica una
serie de incidencias en el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, si bien
ninguna de ellas se relaciona con la publicidad de las cuentas anuales que deben rendirse ni
de los informes de auditoría de cuentas o de fiscalización emitidos.
−
Galicia: En los informes del Consello de Contas, relativos al ejercicio 2020 tanto en el de
fiscalización de la Cuenta General como en el Informe económico-financiero de las entidades
instrumentales, se incluyen apartados con referencias a la publicidad activa de las cuentas,
poniendo énfasis en el hecho de que los formatos utilizados para ello no cumplen con las
condiciones de reutilización exigidas en la normativa.
−
Región de Murcia: En el Portal de Transparencia de la Comunidad, junto a la Cuenta General
de cada año, se han publicado todas las cuentas rendidas de las entidades del sector público
de la Comunidad, así como sus correspondientes informes de autoría o control financiero,
además de los informes de fiscalización del Tribunal de Cuentas.
−
La Rioja: En el Informe de la Cuenta General de la Comunidad de 2020, se reseña el
cumplimiento por la Administración General de los requerimientos de publicidad. No se
identifica ninguna incidencia en la publicidad activa de las cuentas y de los informes de
fiscalización en relación con el resto de entidades comprendidas en el ámbito subjetivo de
aplicación de la LTAIBG.
−
Comunitat Valenciana: la Intervención General de la Generalitat publica, en su página web
todas las cuentas anuales e informes de la Cuenta General.
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Ciudad Autónoma de Ceuta: En el Informe anual de Ceuta 2019, se indica que no se han
publicado los informes de fiscalización correspondiente a los ejercicios inmediatamente
anteriores. Tampoco se ha informado de las cuentas anuales.
II.4.
REMISIÓN DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN SOBRE CONTRATOS, CONVENIOS
Y ENCARGOS A MEDIOS PROPIOS
Ha de tenerse en cuenta que el alcance de las obligaciones de remisión no es igual en todas las
Comunidades Autónomas y que no todas las ICEX ofrecen en sus informes de fiscalización
resultados del cumplimiento de dichas obligaciones, por lo que no se ha dispuesto de información
respecto de algunas Comunidades Autónomas, o la información disponible ha sido parcial o no ha
podido ser estandarizada.
Por este motivo, se reflejan en este subapartado los datos agregados referidos a la actividad
contractual del sector público autonómico, mientras que el análisis del grado de cumplimiento de
los plazos de remisión se refiere a los territorios que carecían de OCEX en el periodo fiscalizado.
cve: BOE-A-2024-26887
Verificable en https://www.boe.es
Se incluye en este Subapartado, en atención a lo previsto en el objetivo 3 de esta fiscalización, el
análisis del cumplimiento por las entidades del sector público autonómico de las obligaciones de
remisión de información y documentación sobre contratos, convenios y encargos a medios propios.
La exposición de los resultados se realiza conforme a lo recogido por las ICEX en sus informes de
fiscalización, a otra información facilitada por estas, en su caso, y a la información recibida de las
Comunidades Autónomas que no contaban con OCEX y de las Ciudades con Estatuto de
Autonomía a través de la Plataforma de remisión telemática de información sobre contratos del
Tribunal de Cuentas (RETECON).