Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26884)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General y del resto de cuentas anuales del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Cuadro 21.
Sec. III. Pág. 178069
DERECHOS RECONOCIDOS NETOS DE LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS
POR TRANSFERENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL
(miles de euros)
DRN por trasferencias de la
Administración Regional
Organismo
Corrientes
capítulo 4
Agencia Tributaria de la Región de
Murcia (ATRM)
Capital
capítulo 7
Total
DR pendientes de
%
cobro a
respecto
31/12/2021 por
al total de
transferencias de
DRN
la AR
11.335
344
11.679
47
0
963
111
1.074
54
465
Instituto Murciano de Acción Social
(IMAS)
299.467
1.477
300.944
95
27.248
Instituto Murciano de Investigación
y Desarrollo Agrario y Alimentario
(IMIDA)
6.775
3.068
9.843
88
2.869
39.783
174
39.957
34
35.408
358.323
5.174
363.497
Boletín Oficial de la Región de
Murcia (BORM)
Servicio Regional de Empleo y
Formación (SEF)
Total
65.990
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por las entidades fiscalizadas.
30
Los Organismos Autónomos deben transferir al Presupuesto de la Administración Pública Regional el importe del
remanente de tesorería positivo, resultante de la liquidación de sus correspondientes presupuestos, no destinado a la
financiación de las incorporaciones de crédito.
cve: BOE-A-2024-26884
Verificable en https://www.boe.es
2.65 Los organismos autónomos han reintegrado en 2021 a la AR 12.041 miles de euros por
remanentes positivos de tesorería no afectados del ejercicio anterior, tal y como establece la
Resolución de la Intervención General de la CARM, de 12 de agosto de 2013, por la que se aprueba
la Instrucción reguladora de la contabilización de la obligación de los organismos autónomos de
transferir a la AR su remanente de tesorería positivo, de acuerdo con lo establecido en el artículo
55.7 del TRLHRM30. A su vez, los remanentes de tesorería positivos no afectados a 31 de diciembre
de 2021 (34.301 miles de euros), y cuyo reintegro procede efectuar en 2022, fueron contabilizados
en la cuenta (418) Acreedores por devolución de ingresos del pasivo corriente de los distintos
organismos, siendo su detalle el mostrado a continuación.
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Cuadro 21.
Sec. III. Pág. 178069
DERECHOS RECONOCIDOS NETOS DE LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS
POR TRANSFERENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL
(miles de euros)
DRN por trasferencias de la
Administración Regional
Organismo
Corrientes
capítulo 4
Agencia Tributaria de la Región de
Murcia (ATRM)
Capital
capítulo 7
Total
DR pendientes de
%
cobro a
respecto
31/12/2021 por
al total de
transferencias de
DRN
la AR
11.335
344
11.679
47
0
963
111
1.074
54
465
Instituto Murciano de Acción Social
(IMAS)
299.467
1.477
300.944
95
27.248
Instituto Murciano de Investigación
y Desarrollo Agrario y Alimentario
(IMIDA)
6.775
3.068
9.843
88
2.869
39.783
174
39.957
34
35.408
358.323
5.174
363.497
Boletín Oficial de la Región de
Murcia (BORM)
Servicio Regional de Empleo y
Formación (SEF)
Total
65.990
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por las entidades fiscalizadas.
30
Los Organismos Autónomos deben transferir al Presupuesto de la Administración Pública Regional el importe del
remanente de tesorería positivo, resultante de la liquidación de sus correspondientes presupuestos, no destinado a la
financiación de las incorporaciones de crédito.
cve: BOE-A-2024-26884
Verificable en https://www.boe.es
2.65 Los organismos autónomos han reintegrado en 2021 a la AR 12.041 miles de euros por
remanentes positivos de tesorería no afectados del ejercicio anterior, tal y como establece la
Resolución de la Intervención General de la CARM, de 12 de agosto de 2013, por la que se aprueba
la Instrucción reguladora de la contabilización de la obligación de los organismos autónomos de
transferir a la AR su remanente de tesorería positivo, de acuerdo con lo establecido en el artículo
55.7 del TRLHRM30. A su vez, los remanentes de tesorería positivos no afectados a 31 de diciembre
de 2021 (34.301 miles de euros), y cuyo reintegro procede efectuar en 2022, fueron contabilizados
en la cuenta (418) Acreedores por devolución de ingresos del pasivo corriente de los distintos
organismos, siendo su detalle el mostrado a continuación.