Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26883)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General y del resto de cuentas anuales del sector público de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177970
RECOMENDACIÓN Nº 1
Al Gobierno de Castilla-La Mancha y a las Cortes de Castilla-La Mancha:
Que se modifique el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en orden
a adaptar la definición del sector público autonómico a los criterios de adscripción
establecidos por la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
EN RELACIÓN CON LA FORMACIÓN Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS (Subapartado II.2)
2.
La Cuenta General de la CA de CLM del ejercicio 2020 se ha rendido al Tribunal de Cuentas
el 29 de octubre de 2021, dentro del plazo establecido en el artículo 114 del TRLH. Pese al
cumplimiento del plazo legal de rendición, no se han adoptado medidas dirigidas a reducir
este plazo en la normativa autonómica, a lo que se instaba en informes de fiscalización
precedentes de este Tribunal.
RECOMENDACIÓN Nº 2
Al Gobierno de Castilla-La Mancha y a las Cortes de Castilla-La Mancha:
Que tal y como se instaba en informes de fiscalización precedentes y señala la Resolución de
17 de diciembre de 2020 de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de
Cuentas, se efectúen las modificaciones normativas oportunas a efectos de adelantar el plazo
de rendición de la Cuenta General a 31 de julio del ejercicio siguiente al que se refieran, a fin
de facilitar el acercamiento en el tiempo del control a efectuar por este Tribunal.
3.
La Cuenta General está integrada por las cuentas de todas las entidades del sector
autonómico sometidas al régimen de contabilidad pública, conforme a lo previsto por el
artículo 113.1 del TRLH, a excepción de las correspondientes a la UCLM -cuyas cuentas
individuales fueron rendidas con carácter previo a la Cuenta General- y las cuentas anuales
de los Consorcios Parque Arqueológico de Carranque y Parque Arqueológico de Alarcos,
ambos en liquidación, que fueron rendidas fuera de plazo.
4.
No han sido rendidas las cuentas individuales de las sociedades FUHNPAIIN Empleo, S.L.,
en liquidación y FUHNPAIIN Viajes, S.L., en liquidación, cuya extinción aún no se ha
formalizado, ni tampoco las cuentas de la Fundación El Greco 2014, fundación absorbida por
una entidad privada, operación que tampoco se ha formalizado.
5.
La CA no ha regulado los documentos que han de acompañar a las cuentas en el proceso de
rendición ni el procedimiento de remisión que se ha de seguir. Tampoco ha sido objeto de
desarrollo normativo la formación y rendición de la Cuenta Anual de la Administración General
de la CA (AG) de forma que se especifique el plazo y procedimiento de formulación de la
misma para su posterior integración en la Cuenta General de la Junta de Comunidades de
CLM (JCCM), lo que motiva que no exista una diferenciación clara entre el contenido y
alcance de cada una de dichas Cuentas.
cve: BOE-A-2024-26883
Verificable en https://www.boe.es
Las cuentas individuales de la Sociedad UCLM Emprende, S.L.U. y de la Fundación para la
Atención de Discapacitados Psíquicos "Fuente Agria" se rindieron excediendo el plazo
establecido por el artículo 107 del TRLH (31 de agosto del año siguiente al que se refieran).
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177970
RECOMENDACIÓN Nº 1
Al Gobierno de Castilla-La Mancha y a las Cortes de Castilla-La Mancha:
Que se modifique el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en orden
a adaptar la definición del sector público autonómico a los criterios de adscripción
establecidos por la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
EN RELACIÓN CON LA FORMACIÓN Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS (Subapartado II.2)
2.
La Cuenta General de la CA de CLM del ejercicio 2020 se ha rendido al Tribunal de Cuentas
el 29 de octubre de 2021, dentro del plazo establecido en el artículo 114 del TRLH. Pese al
cumplimiento del plazo legal de rendición, no se han adoptado medidas dirigidas a reducir
este plazo en la normativa autonómica, a lo que se instaba en informes de fiscalización
precedentes de este Tribunal.
RECOMENDACIÓN Nº 2
Al Gobierno de Castilla-La Mancha y a las Cortes de Castilla-La Mancha:
Que tal y como se instaba en informes de fiscalización precedentes y señala la Resolución de
17 de diciembre de 2020 de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de
Cuentas, se efectúen las modificaciones normativas oportunas a efectos de adelantar el plazo
de rendición de la Cuenta General a 31 de julio del ejercicio siguiente al que se refieran, a fin
de facilitar el acercamiento en el tiempo del control a efectuar por este Tribunal.
3.
La Cuenta General está integrada por las cuentas de todas las entidades del sector
autonómico sometidas al régimen de contabilidad pública, conforme a lo previsto por el
artículo 113.1 del TRLH, a excepción de las correspondientes a la UCLM -cuyas cuentas
individuales fueron rendidas con carácter previo a la Cuenta General- y las cuentas anuales
de los Consorcios Parque Arqueológico de Carranque y Parque Arqueológico de Alarcos,
ambos en liquidación, que fueron rendidas fuera de plazo.
4.
No han sido rendidas las cuentas individuales de las sociedades FUHNPAIIN Empleo, S.L.,
en liquidación y FUHNPAIIN Viajes, S.L., en liquidación, cuya extinción aún no se ha
formalizado, ni tampoco las cuentas de la Fundación El Greco 2014, fundación absorbida por
una entidad privada, operación que tampoco se ha formalizado.
5.
La CA no ha regulado los documentos que han de acompañar a las cuentas en el proceso de
rendición ni el procedimiento de remisión que se ha de seguir. Tampoco ha sido objeto de
desarrollo normativo la formación y rendición de la Cuenta Anual de la Administración General
de la CA (AG) de forma que se especifique el plazo y procedimiento de formulación de la
misma para su posterior integración en la Cuenta General de la Junta de Comunidades de
CLM (JCCM), lo que motiva que no exista una diferenciación clara entre el contenido y
alcance de cada una de dichas Cuentas.
cve: BOE-A-2024-26883
Verificable en https://www.boe.es
Las cuentas individuales de la Sociedad UCLM Emprende, S.L.U. y de la Fundación para la
Atención de Discapacitados Psíquicos "Fuente Agria" se rindieron excediendo el plazo
establecido por el artículo 107 del TRLH (31 de agosto del año siguiente al que se refieran).