Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26883)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General y del resto de cuentas anuales del sector público de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 177926

concurrente al 50 % de la Administración General del Estado era lo que había
ocurrido respecto a situaciones análogas a la descrita en otras CCAA.


7.628 miles de euros procedentes de sentencia del Tribunal Superior de Justicia de
CLM de 20 de septiembre de 2021, por la que se reconoce el derecho de la
Tesorería General de la Seguridad Social a que la CA le abone dicho importe, el cual
había sido pagado previamente por la Tesorería al Ayuntamiento de Ciudad Real en
concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente al Hospital General
de Ciudad Real por el periodo 2000 a 200645. Si bien la sentencia es recurrible, el
conocimiento que de la misma se tenía a finales del ejercicio fiscalizado y la cuantía
de la reclamación evidencian la procedencia de su mención como contingencia en la
Memoria.



21.315 miles de euros derivados de las deudas que tiene registradas RTVCLM con el
Instituto de Finanzas de CLM. Estas deudas han sido formalizadas en años
sucesivos para cubrir las necesidades de liquidez de RTVCLM en el caso de que la
AEAT no le abone las cantidades reclamadas por devoluciones de IVA. El motivo de
que la AG deba informar de esta contingencia en su Memoria es que en los contratos
de préstamo entre el Instituto de Finanzas y RTVCLM se indica que, en caso de
resolución del conflicto con la AEAT en contra de los intereses del ente, la AG
aportará la liquidez necesaria a RTVCLM.



Por último, también se debería haber informado en la Memoria en relación con
sentencias recaídas en 2020, cuya firmeza se adquirió en ejercicios posteriores, por
las que se condenó a la JCCM al pago de 3.304 miles de euros, además de los
intereses que pudieran corresponder46.

Remanente de Tesorería
En el anexo IV.2-8 se ha incluido el estado de remanente de tesorería que refleja un saldo total
positivo de 33.532 miles de euros, lo que supone una ruptura de la tendencia anterior, en tanto
que en los cinco ejercicios precedentes se obtuvieron remanentes negativos. No obstante, en
2020 el remanente disponible para gastos generales (no afectado) continúa siendo negativo por
295.579 miles de euros.
La evolución del remanente de tesorería y su distribución entre remanente afectado47 y no
afectado se expone en el siguiente cuadro.

La CA defendía que no se había producido la adscripción formal del inmueble, resolviendo el citado Tribunal que,
pese a ello, venía poseyéndolo como si se tratara de un inmueble adscrito, estando integrado el centro sanitario en el
SESCAM.
46

Se trata de seis sentencias que versan sobre diversas materias: sanciones en materia agroalimentaria, en relación
con el justiprecio por expropiaciones y en materia de contratación, destacando entre estas últimas, la imposición de
1.860 miles de euros por indemnización de daños y perjuicios derivados de la ejecución de un contrato por la Consejería
de Fomento.
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Su cálculo está condicionado por las limitaciones en su confección mencionadas en el subepígrafe II.6.1.B).

cve: BOE-A-2024-26883
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