Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26883)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General y del resto de cuentas anuales del sector público de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177898
representativa de su volumen de actividad el importe agregado de los gastos de sus cuentas de
resultados. En el siguiente cuadro se desglosan estos gastos, así como la cuantía de las
transferencias que estas entidades han recibido de la Junta y que deberían ser consideradas a
efectos de consolidación.
CUADRO 4.
GASTO DE LOS SECTORES PÚBLICOS EMPRESARIAL Y FUNDACIONAL
(miles de euros)
Entidades (1)
Empresas
Fundaciones
Gastos
agregados
Aportaciones con cargo
al presupuesto
de la AG
140.425
97.919
39.786
23.585
Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas anuales rendidas por las entidades fiscalizadas.
(1)
No se incluyen los dos consorcios autonómicos, en tanto no han tenido actividad ni han recibido aportaciones de la
AG en el ejercicio fiscalizado.
Las cuentas anuales que se incluyen o se anexan a la Cuenta General de 2020 presentan la
estructura y contenido previstos en los planes de contabilidad aplicables. Todas ellas se adaptan a
los principios y normas contables previstos en los planes respectivos, con las excepciones y
salvedades que se desarrollan en los diferentes epígrafes de este Informe, en función de la
naturaleza de las entidades analizadas.
II.6. CUENTA ANUAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD
II.6.1. Contabilidad presupuestaria de la Administración General
A)
MODIFICACIONES DE CRÉDITO
Adecuación del régimen de tramitación de modificaciones presupuestarias
La normativa autonómica17 de las modificaciones de crédito, bien porque no regula determinados
aspectos o porque los límites y condiciones que establece para su tramitación son muy laxos,
condiciona el principio de especialidad cualitativa de los créditos, afectando a su aplicación
práctica18:
El régimen de vinculación de los créditos del presupuesto de gastos previsto por la LP se
establece con demasiada laxitud para determinados capítulos, lo que permite el trasvase
de créditos entre artículos y conceptos sin necesidad de tramitar modificaciones
17
El régimen autonómico de las modificaciones de crédito está constituido en 2020 por el TRLH (artículos 46 a 57), por
la LP para 2000 (artículos 9 a 29) y por la Orden de 29 de enero de 2007, por la que se aprueba la instrucción de
operatoria contable a seguir en la ejecución del presupuesto de gastos de la JCCM (Capítulo I, Sección 2ª).
18
La CA alude, en trámite de alegaciones, a la autonomía normativa de la Comunidad en relación con el régimen
previsto para las modificaciones presupuestarias. Este Tribunal no discute la capacidad normativa en esta materia, sino
que se pone de manifiesto la laxitud del régimen previsto en determinados aspectos, incidiendo en el efecto que
produce en la aplicación de los principios de especialidad cualitativa y cuantitativa de los créditos que deben regir la
gestión del Presupuesto.
cve: BOE-A-2024-26883
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177898
representativa de su volumen de actividad el importe agregado de los gastos de sus cuentas de
resultados. En el siguiente cuadro se desglosan estos gastos, así como la cuantía de las
transferencias que estas entidades han recibido de la Junta y que deberían ser consideradas a
efectos de consolidación.
CUADRO 4.
GASTO DE LOS SECTORES PÚBLICOS EMPRESARIAL Y FUNDACIONAL
(miles de euros)
Entidades (1)
Empresas
Fundaciones
Gastos
agregados
Aportaciones con cargo
al presupuesto
de la AG
140.425
97.919
39.786
23.585
Fuente: Elaboración propia a partir de las cuentas anuales rendidas por las entidades fiscalizadas.
(1)
No se incluyen los dos consorcios autonómicos, en tanto no han tenido actividad ni han recibido aportaciones de la
AG en el ejercicio fiscalizado.
Las cuentas anuales que se incluyen o se anexan a la Cuenta General de 2020 presentan la
estructura y contenido previstos en los planes de contabilidad aplicables. Todas ellas se adaptan a
los principios y normas contables previstos en los planes respectivos, con las excepciones y
salvedades que se desarrollan en los diferentes epígrafes de este Informe, en función de la
naturaleza de las entidades analizadas.
II.6. CUENTA ANUAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD
II.6.1. Contabilidad presupuestaria de la Administración General
A)
MODIFICACIONES DE CRÉDITO
Adecuación del régimen de tramitación de modificaciones presupuestarias
La normativa autonómica17 de las modificaciones de crédito, bien porque no regula determinados
aspectos o porque los límites y condiciones que establece para su tramitación son muy laxos,
condiciona el principio de especialidad cualitativa de los créditos, afectando a su aplicación
práctica18:
El régimen de vinculación de los créditos del presupuesto de gastos previsto por la LP se
establece con demasiada laxitud para determinados capítulos, lo que permite el trasvase
de créditos entre artículos y conceptos sin necesidad de tramitar modificaciones
17
El régimen autonómico de las modificaciones de crédito está constituido en 2020 por el TRLH (artículos 46 a 57), por
la LP para 2000 (artículos 9 a 29) y por la Orden de 29 de enero de 2007, por la que se aprueba la instrucción de
operatoria contable a seguir en la ejecución del presupuesto de gastos de la JCCM (Capítulo I, Sección 2ª).
18
La CA alude, en trámite de alegaciones, a la autonomía normativa de la Comunidad en relación con el régimen
previsto para las modificaciones presupuestarias. Este Tribunal no discute la capacidad normativa en esta materia, sino
que se pone de manifiesto la laxitud del régimen previsto en determinados aspectos, incidiendo en el efecto que
produce en la aplicación de los principios de especialidad cualitativa y cuantitativa de los créditos que deben regir la
gestión del Presupuesto.
cve: BOE-A-2024-26883
Verificable en https://www.boe.es
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