Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26877)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 177099

Financiación de las modificaciones presupuestarias
La fuente de financiación de las modificaciones de crédito figura debidamente acreditada en los
expedientes tramitados, con el desglose adecuado de los conceptos de ingreso o, en su caso, de
bajas en gastos. A continuación se detalla el origen de los recursos que financian las
modificaciones presupuestarias.
CUADRO 6. FUENTES DE FINANCIACIÓN DE LAS MODIFICACIONES DE CRÉDITO
(miles de euros)

Recursos

Créditos
Créditos
extraordinarios y Ampliaciones
generados
suplementos de
de crédito
por ingresos
crédito

Incorporaciones
remanentes de
crédito

Total



Remanente de Tesorería

0

0

1.158

17.151

18.309



Otros recursos propios

0

0

654

0

654



Endeudamiento

0

0

156.750

0

156.750



Transferencias y
subvenciones de AAPP

0

0

231.467

140

231.607



Bajas por anulación

0

0

502

27

529



Fondo de contingencia

590

1.344

0

0

1.934

590

1.344

390.531

17.318

409.783

Total

Fuente: Elaboración propia a partir de datos aportados por la CHAP.

Como en ejercicios precedentes, el Fondo de contingencia se dota con un importe fijo de 5.000
miles de euros, sin agotar el límite del 2 % del total de gastos para operaciones no financieras
previsto por el artículo 66.bis de la LH. Su utilización para financiar modificaciones de crédito se
ha limitado en 2020 a 1.934 miles de euros, contando con la preceptiva autorización del Consejo
de Gobierno.
La mayor debilidad en relación con la financiación de las modificaciones es que la AG no cuenta
con un sistema de gastos con financiación afectada que permita cuantificar la totalidad de los
remanentes afectados y las desviaciones de financiación acumuladas. Ello conlleva la
imposibilidad de verificar la existencia de remanentes no afectados que puedan ser utilizados para
financiar las modificaciones, más aún cuando se computó un remanente negativo de 163.283
miles de euros en 2019. No obstante, en los expedientes constan informes de seguimiento de la
financiación que permiten certificar la afectación de los correspondientes ingresos15.
Asimismo y como consecuencia de carecer de un sistema de gastos con financiación afectada, no
se ha podido comprobar el reconocimiento posterior de los ingresos financiados con compromisos
de ingresos, sin perjuicio de que conste en los expedientes la existencia de los correspondientes
La Secretaría General de Presupuestos y Financiación, en las alegaciones presentadas, manifiesta que el sistema
implantado es suficiente para realizar un seguimiento de la adecuada financiación de los proyectos de gasto como
consta en los expedientes de modificación. No obstante, esta aseveración no conlleva la modificación de lo indicado en
el Informe, puesto que no se discute la existencia de este seguimiento, sino que lo que se pone de manifiesto es la
carencia de un sistema integral que proporcione información sobre el remanente total no afectado, que pueda ser
utilizado como fuente de financiación de las modificaciones.

cve: BOE-A-2024-26877
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