Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26880)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 177545

Los datos que mayor relevancia alcanzan son los siguientes:


La inclusión de cinco OOAA como secciones presupuestarias de la AG, ya expuesta,
supone que el 48,5 % de las obligaciones reconocidas de la AG corresponda a estas
entidades, y concretamente el 39 % del total son obligaciones del SCS.



El total de obligaciones reconocidas se incrementó en relación con el ejercicio anterior en
un 10 %, cuatro puntos porcentuales por encima del aumento de los tres ejercicios
precedentes, lo que es consecuencia del impacto sanitario de la pandemia23, y se
financió, en gran parte, con Fondos COVID.



El grado de cumplimiento del artículo 74 “Transferencias a sociedades públicas,
entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entes del sector público
autonómico” no llegó al 40 %, y en los dos ejercicios precedentes no habían superado el
51 %, lo que pone de manifiesto la necesidad de adecuar los presupuestos de estas
entidades a sus necesidades reales de gasto24.



Al igual que en ejercicios precedentes ha habido importantes demoras en la entrega de
los fondos a los beneficiarios de subvenciones con respecto a la fecha de aprobación de
las respectivas cuentas justificativas, las cuales, pese a no representar necesariamente
incumplimientos de la normativa reguladora de la subvención, limitan los efectos
pretendidos con estas ayudas. Estos retrasos explican, parcialmente, el escaso grado de
cumplimiento de los artículos 77 “A empresas privadas “, un 14 % y 78 “A empresas e
instituciones sin fines de lucro”, un 30 %. Siete de los programas financiados con cargo al
artículo 77 y ocho de los financiados con cargo al segundo, presentaron un grado de
cumplimiento nulo.



La liquidación del presupuesto de gastos en su clasificación orgánica no se adecuó al
nuevo PGCP al no presentarse desagregada por servicios.



Desde 2018 se ha producido un avance en la configuración de la Cuenta de la AG,
puesto que se han incorporado a la memoria el balance de resultados y el informe de
gestión que exige el artículo 69 de la LF. No obstante, únicamente en el 53 % de los
programas presupuestarios de la AG se incluyen indicadores. Además, gran parte de
estos indicadores son mera expresión de la ejecución presupuestaria o del número de
elementos tramitados o gestionados, centrándose en consecuencia en aspectos de
eficacia procedimental, sin que se hayan incorporado elementos que midan el grado de
eficiencia o de economía alcanzado. Tampoco se incluyen análisis de los resultados que
permitan su evaluación y la adopción de medidas correctoras.

23

Este impacto explica los incrementos interanuales más significativos por capítulos presupuestarios, que se concentran
en capítulo 2 “Gastos corrientes en bienes y servicios” (200.277 miles de euros) y 4 “Transferencias corrientes” (77.611
miles), de los que el 98 % y el 60 % corresponden al SCS.
24

Debe considerarse que frente al ejercicio anterior, en que se dictaron resoluciones de no disponibilidad de las
transferencias con destino a estas entidades por 19.711 miles de euros, de acuerdo con lo previsto por el artículo 44.1
de la LF, en 2020 no se han aprobado resoluciones en este sentido.

cve: BOE-A-2024-26880
Verificable en https://www.boe.es

En el examen de la legalidad y adecuación de la imputación presupuestaria de las obligaciones se
han obtenido los siguientes resultados, sin perjuicio de las deficiencias específicas que se señalan
en el análisis de las masas patrimoniales: