Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26880)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177527
Respecto a 2019 se han producido los siguientes cambios en la composición del sector público
autonómico:
−
La Ley de Cantabria 1/2019, de 14 de febrero, creó el Consejo de la Juventud de Cantabria
(CJC) como entidad de derecho público con personalidad jurídica propia. Anteriormente, el 1
de junio de 2012, tras la entrada en vigor de la Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas
Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los
Servicios Públicos de la CA de Cantabria, se había suprimido este organismo como medida
sectorial de ajuste, creando en su lugar la Comisión de Participación de Jóvenes, órgano
colegiado de carácter consultivo que no llegó a constituirse.
La Ley 2/2012 incluía en su Disposición adicional (DA) vigésima primera una cláusula de
reversibilidad para todas las medidas adoptadas que sería aplicable en el momento en
que la reducción del déficit público estructural y la minoración de la deuda pública
posibilitasen la garantía de estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera de la
CA; no obstante, no se ha efectuado un análisis formal que soporte la creación de un
ente que asuma las competencias del suprimido CJC. El 3 de octubre de 2020 se celebró
la primera Asamblea de la entidad.
−
Durante el ejercicio 2020 se produjo la incorporación al sector público autonómico de la
SRE, cuya creación, autorizada por Decreto del Consejo de Gobierno 54/2020, de 20 de
agosto, culminó el 30 de diciembre de 2020 con la inscripción en el Registro Mercantil de
la escritura de escisión parcial de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte,
S.L. (SRECD), en lo que se refiere a la rama de actividad educativa que formaba parte
del objeto social de esta última.
−
El artículo 20 de la Ley 5/2019, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y
Administrativas creó el Fondo de Derribos del Gobierno de Cantabria, con naturaleza de
fondo sin personalidad jurídica de los previstos en la letra i) del artículo 2.3 de la LF,
adscrito a la consejería competente en materia de urbanismo, con la finalidad de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Gobierno de Cantabria derivadas de
las sentencias que llevan aparejadas órdenes de demolición de las edificaciones ilegales.
Los anexos IV.1-1 a IV.1-5 muestran correlativamente y en relación con la AG, los OOAA, las
entidades de derecho público, la UC y los consorcios sujetos al régimen de contabilidad pública, la
siguiente información: un resumen de la liquidación de los presupuestos de gastos y de ingresos,
el resultado presupuestario, y un resumen del balance y de la cuenta del resultado
económico-patrimonial.
Por último, los anexos IV.3-1 y IV.3-2 resumen el balance y la cuenta de resultados de las
fundaciones públicas que rinden conforme al Real Decreto (RD) 1491/2011, por el que se
aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad (PGC) a entidades sin fines
lucrativos.
II.2. FORMACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS
La Cuenta General del ejercicio 2020 fue formada por la IGAC el 23 de agosto de 2021 y rendida
al Tribunal de Cuentas el 27 de octubre de 2021, cumpliendo los plazos establecidos en el artículo
cve: BOE-A-2024-26880
Verificable en https://www.boe.es
En los anexos IV.2-1 y IV.2-2 se recoge un resumen del balance y de la cuenta de pérdidas y
ganancias de las empresas públicas sometidas al régimen de contabilidad privada.
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177527
Respecto a 2019 se han producido los siguientes cambios en la composición del sector público
autonómico:
−
La Ley de Cantabria 1/2019, de 14 de febrero, creó el Consejo de la Juventud de Cantabria
(CJC) como entidad de derecho público con personalidad jurídica propia. Anteriormente, el 1
de junio de 2012, tras la entrada en vigor de la Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas
Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los
Servicios Públicos de la CA de Cantabria, se había suprimido este organismo como medida
sectorial de ajuste, creando en su lugar la Comisión de Participación de Jóvenes, órgano
colegiado de carácter consultivo que no llegó a constituirse.
La Ley 2/2012 incluía en su Disposición adicional (DA) vigésima primera una cláusula de
reversibilidad para todas las medidas adoptadas que sería aplicable en el momento en
que la reducción del déficit público estructural y la minoración de la deuda pública
posibilitasen la garantía de estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera de la
CA; no obstante, no se ha efectuado un análisis formal que soporte la creación de un
ente que asuma las competencias del suprimido CJC. El 3 de octubre de 2020 se celebró
la primera Asamblea de la entidad.
−
Durante el ejercicio 2020 se produjo la incorporación al sector público autonómico de la
SRE, cuya creación, autorizada por Decreto del Consejo de Gobierno 54/2020, de 20 de
agosto, culminó el 30 de diciembre de 2020 con la inscripción en el Registro Mercantil de
la escritura de escisión parcial de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte,
S.L. (SRECD), en lo que se refiere a la rama de actividad educativa que formaba parte
del objeto social de esta última.
−
El artículo 20 de la Ley 5/2019, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y
Administrativas creó el Fondo de Derribos del Gobierno de Cantabria, con naturaleza de
fondo sin personalidad jurídica de los previstos en la letra i) del artículo 2.3 de la LF,
adscrito a la consejería competente en materia de urbanismo, con la finalidad de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Gobierno de Cantabria derivadas de
las sentencias que llevan aparejadas órdenes de demolición de las edificaciones ilegales.
Los anexos IV.1-1 a IV.1-5 muestran correlativamente y en relación con la AG, los OOAA, las
entidades de derecho público, la UC y los consorcios sujetos al régimen de contabilidad pública, la
siguiente información: un resumen de la liquidación de los presupuestos de gastos y de ingresos,
el resultado presupuestario, y un resumen del balance y de la cuenta del resultado
económico-patrimonial.
Por último, los anexos IV.3-1 y IV.3-2 resumen el balance y la cuenta de resultados de las
fundaciones públicas que rinden conforme al Real Decreto (RD) 1491/2011, por el que se
aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad (PGC) a entidades sin fines
lucrativos.
II.2. FORMACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS
La Cuenta General del ejercicio 2020 fue formada por la IGAC el 23 de agosto de 2021 y rendida
al Tribunal de Cuentas el 27 de octubre de 2021, cumpliendo los plazos establecidos en el artículo
cve: BOE-A-2024-26880
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En los anexos IV.2-1 y IV.2-2 se recoge un resumen del balance y de la cuenta de pérdidas y
ganancias de las empresas públicas sometidas al régimen de contabilidad privada.