Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26881)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177738
RECOMENDACIÓN Nº 7 (relativa a la salvedad 2.12)
A la Intervención General de la Ciudad:
Que se complete el contenido de las memorias de la Cuenta General de forma que facilite una
mejor comprensión e interpretación de los estados contables.
RECOMENDACIÓN Nº 8 (relativa a la salvedad 2.13)
A la Intervención General de la Ciudad:
Que se haga uso de los módulos de proyectos y gastos con financiación afectada del sistema
de información contable de la Administración General de la Ciudad y se registre y haga un
seguimiento de los compromisos de gastos e ingresos para ejercicios futuros.
EN RELACIÓN CON LA FORMACIÓN Y RENDICIÓN DE LA CUENTA GENERAL
(SUBAPARTADO II.3)
2. La Cuenta General de la Ciudad se ha formado por la Intervención de la Ciudad el 15 de
septiembre de 2021, sobrepasando en 74 días el plazo establecido en el artículo 212.1 del Texto
Refundido de la Ley de Haciendas Locales (TRLRH) y se ha rendido al Tribunal el 4 de marzo
de 2022, casi 5 meses después del plazo previsto en el artículo 223.2 del TRLRHL, que es el
15 de octubre del ejercicio siguiente.
3. La Ciudad no ha elaborado, ni, por tanto, unido a la Cuenta General, los estados consolidados
de cambios en el patrimonio neto, de flujos de efectivo, de liquidación del presupuesto, así como
la memoria consolidada, documentos que, en la Ciudad de Ceuta, resultaban obligatorios en el
ejercicio fiscalizado por haberlo previsto así sus bases de ejecución del presupuesto para 2020.
No obstante, la Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, por la que se aprueban normas para la
formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local establecieron
como primer ejercicio de aplicación obligatoria el 2022.
RECOMENDACIÓN Nº 10
A la Intervención General de la Ciudad:
4. En el balance y cuenta del resultado económico-patrimonial consolidado que han acompañado
a la Cuenta General no se han integrado dos de las 18 entidades: la Fundación Premio
Convivencia y el Consorcio Rector del Centro Universitario UNED-Ceuta.
5. Las cuentas anuales de los Organismos Autónomos no han sido sometidas a auditoría pública
de cuentas por parte de la Intervención de la Ciudad, como establece el art. 29.3.A) del RD
424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las
entidades del Sector Público Local.
cve: BOE-A-2024-26881
Verificable en https://www.boe.es
Que la Cuenta General incorpore todos los estados consolidados que deben formar parte de
misma e integre, asimismo, la información de todas sus entidades dependientes.
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177738
RECOMENDACIÓN Nº 7 (relativa a la salvedad 2.12)
A la Intervención General de la Ciudad:
Que se complete el contenido de las memorias de la Cuenta General de forma que facilite una
mejor comprensión e interpretación de los estados contables.
RECOMENDACIÓN Nº 8 (relativa a la salvedad 2.13)
A la Intervención General de la Ciudad:
Que se haga uso de los módulos de proyectos y gastos con financiación afectada del sistema
de información contable de la Administración General de la Ciudad y se registre y haga un
seguimiento de los compromisos de gastos e ingresos para ejercicios futuros.
EN RELACIÓN CON LA FORMACIÓN Y RENDICIÓN DE LA CUENTA GENERAL
(SUBAPARTADO II.3)
2. La Cuenta General de la Ciudad se ha formado por la Intervención de la Ciudad el 15 de
septiembre de 2021, sobrepasando en 74 días el plazo establecido en el artículo 212.1 del Texto
Refundido de la Ley de Haciendas Locales (TRLRH) y se ha rendido al Tribunal el 4 de marzo
de 2022, casi 5 meses después del plazo previsto en el artículo 223.2 del TRLRHL, que es el
15 de octubre del ejercicio siguiente.
3. La Ciudad no ha elaborado, ni, por tanto, unido a la Cuenta General, los estados consolidados
de cambios en el patrimonio neto, de flujos de efectivo, de liquidación del presupuesto, así como
la memoria consolidada, documentos que, en la Ciudad de Ceuta, resultaban obligatorios en el
ejercicio fiscalizado por haberlo previsto así sus bases de ejecución del presupuesto para 2020.
No obstante, la Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, por la que se aprueban normas para la
formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local establecieron
como primer ejercicio de aplicación obligatoria el 2022.
RECOMENDACIÓN Nº 10
A la Intervención General de la Ciudad:
4. En el balance y cuenta del resultado económico-patrimonial consolidado que han acompañado
a la Cuenta General no se han integrado dos de las 18 entidades: la Fundación Premio
Convivencia y el Consorcio Rector del Centro Universitario UNED-Ceuta.
5. Las cuentas anuales de los Organismos Autónomos no han sido sometidas a auditoría pública
de cuentas por parte de la Intervención de la Ciudad, como establece el art. 29.3.A) del RD
424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las
entidades del Sector Público Local.
cve: BOE-A-2024-26881
Verificable en https://www.boe.es
Que la Cuenta General incorpore todos los estados consolidados que deben formar parte de
misma e integre, asimismo, la información de todas sus entidades dependientes.