Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26881)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 177734

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha emitido en agosto de 2020 un informe de
evaluación sobre el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa por parte de la Ciudad
Autónoma de Ceuta en el que se determina un grado medio de cumplimiento de la información
obligatoria por parte de la Ciudad, al alcanzar el 57,1 % de la puntuación, principalmente, por falta
de información de relevancia jurídica y patrimonial obligatoria, así como por las dificultades para su
localización.
Por otra parte, respecto al derecho de acceso a la información pública, de acuerdo con lo dispuesto
en el art. 24.6 de la LTAIGB, la competencia para conocer de las reclamaciones frente a
resoluciones en materia de transparencia corresponderá al Consejo de Transparencia y Buen
Gobierno, salvo en aquellos supuestos en que las CCAA atribuyan dicha competencia a un órgano
específico. La DA 4ª de la citada Ley permite a las CCAA optar por la constitución de un órgano
propio o, alternativamente, la atribución de las competencias en materia de reclamaciones al
Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. La Ciudad Autónoma de Ceuta optó por esta segunda
vía mediante la firma del convenio con el citado Consejo, con fecha de 7 de julio de 2020.
En el ejercicio 2020 se han resuelto dieciséis reclamaciones, cuatro han sido desestimadas y doce
han sido estimadas por silencio positivo, al haberse resuelto fuera de plazo.
II.9. SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES
II.9.1.

Seguimiento de las recomendaciones señaladas en el último Informe aprobado

2.106 A continuación se exponen los resultados del seguimiento del grado de cumplimiento de las
recomendaciones incluidas en el informe de fiscalización sobre la Ciudad Autónoma de Ceuta,
ejercicio 2019, aprobado por el Tribunal de Cuentas el 27 de enero de 2022, en relación con los
objetivos de la presente fiscalización, debiendo tenerse en consideración, por una parte, que la
mayor parte de estas corresponden a recomendaciones formuladas en ejercicios anteriores, y por
otra, que a la fecha de aprobación del informe mencionado, la Cuenta General de la CA del año
2020 ya había sido formulada y rendida.
1.

“La Consejería de Fomento y Turismo debería proceder a la liquidación y extinción del
Patronato de Viviendas San Daniel”.
Esta Consejería no ha informado sobre las actuaciones realizadas para la liquidación y
extinción de esta entidad que, de acuerdo con los antecedentes obrantes en la
fiscalización, se encuentra sin actividad desde 1993. En consecuencia, esta
recomendación debe considerarse como no cumplida.
“Resulta recomendable que la Intervención de la Ciudad elabore manuales de
procedimiento y normas de organización y funcionamiento especialmente en las áreas de
fiscalización y contabilidad”.
La Intervención de la Ciudad ha manifestado que esta recomendación está en curso, sin
que se haya acreditado dicho extremo.

3.

“La Intervención de la Ciudad debería asegurar que los estados consolidados del
presupuesto y de las cuentas anuales incluyan a todas las entidades participadas por la
Ciudad y que se realicen todos los ajustes de homogenización previos a la agregación de
las partidas que forman los estados contables”.

cve: BOE-A-2024-26881
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2.