Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-26863)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, conjunta de la Universidad de Zaragoza y la Consejería de Sanidad del Gobierno de Aragón, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024
9.3

Sec. II.B. Pág. 176824

Nombramiento.

Los nombramientos propuestos por la correspondiente comisión de acceso serán
efectuados por el rector mediante publicación de la correspondiente resolución en el
«Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Aragón».
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la LOSU, si se hubiera admitido
a trámite alguna reclamación contra la propuesta de provisión de la comisión de acceso,
se suspenderán los nombramientos de los candidatos propuestos hasta su resolución.
9.4 Salvo en supuestos de fuerza mayor libremente apreciados por el rector, en el
caso de que la persona candidata propuesta no presentase en tiempo y forma la
documentación requerida para formalizar el nombramiento, o de la misma se dedujese
que carece de alguno de los requisitos exigidos, decaerá en todos sus derechos sobre la
plaza para la que ha sido seleccionado y la Universidad, en su caso, iniciará de oficio el
procedimiento para nombrar al/a la siguiente aspirante en el orden de prelación.
En el supuesto de que no hubiere personas candidatas en el orden de prelación o se
diese la circunstancia de falta de presentación de la documentación requerida y se
llegase a agotar el citado orden, el rector dictará una resolución declarando desierta la
plaza.
10.

Toma de posesión

10.1 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1 del EBEP, para adquirir la
condición de funcionarios de carrera, las personas candidatas nombradas deberán
prestar acto de acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico y
tomar posesión de sus destinos que, de conformidad con lo establecido en el
artículo 35.3 del Real Decreto 678, deberá hacerse en el plazo máximo de veinte días
hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del nombramiento en el «Boletín
Oficial del Estado».
La tramitación de la documentación necesaria para la toma de posesión se realizará
por medios electrónicos y esta deberá firmarse con certificado electrónico. Para firmar
documentos en la Universidad de Zaragoza sirve cualquier certificado emitido por una
autoridad de certificación reconocida por el Ministerio competente en la materia:
certificado de persona física emitido por la FNMT, certificado de empleado público
emitido por la FNMT, certificados incluidos en el DNI electrónico, certificados emitidos por
algunas comunidades autónomas, certificados emitidos por algunos colegios
profesionales, etc.
10.2 Salvo en supuestos de fuerza mayor libremente apreciados por el rector, en el
caso de que el/la candidata/a nombrado/a no tomase posesión de su destino en el plazo
establecido se procederá a anular su nombramiento. En este supuesto, la Universidad,
en su caso, iniciará de oficio el procedimiento para nombrar al/a la siguiente aspirante en
el orden de prelación.
11.

Datos de carácter personal

Conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos
de carácter personal, los datos personales facilitados por las personas aspirantes
pasarán a ser tratados por la Universidad de Zaragoza como responsable del
tratamiento, siendo órgano competente en la materia su Gerente (Edificio Paraninfo 1.ª
planta, Plaza de Basilio Paraíso n.º 4, 50005-Zaragoza) ante quien se pueden ejercitar
los derechos de acceso, rectificación, limitación, oposición o portabilidad, señalando
concretamente la causa de la solicitud y acompañando copia de su documento

cve: BOE-A-2024-26863
Verificable en https://www.boe.es

11.1 Ejercicio de derechos por parte de las personas interesadas en relación con
los datos de carácter personal.