Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-26891)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la creación y ampliación de recursos destinados a la enseñanza-aprendizaje del español como lengua segunda/lengua extranjera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 178925

como resultado de su colaboración previa con la UNED, consta de una información
variada que el IC desea ampliar en ejecución del presente convenio, con la asesoría de
la UNED, que aportará, entre otros: definición, ejemplos contextualizados, observaciones
(anotaciones de registro, sociolingüísticas, ortográficas, semánticas…), mapificación de
los términos de consulta, referencia a listado ordenado por extensión de geosinónimos
(incluye panhispanismos).
Las autoras mantendrán la marca de autoría y aparecerán como autoras en los
créditos de la herramienta GEOLEXI.
3. La creación por el equipo INVOLEX de materiales didácticos digitales, dedicados
a la adquisición léxica, en el ámbito del español con fines profesionales (jurídico,
sanitario, etc. y con especial atención a las variantes geosinonímicas del español. Los
materiales consistirán en actividades de aprendizaje de vocabulario, secuenciadas por
niveles de dominio del español y que tomarán como referencia las unidades léxicas de,
entre otros, el inventario de las «Nociones específicas» del Plan curricular del Instituto
Cervantes, ampliadas con geosinónimos.
Las autoras mantendrán la marca de autoría y aparecerán como autoras en los
créditos de los materiales didácticos digitales dedicados a la adquisición léxica.
Las propuestas serán ejecutadas y entregadas por el Equipo INVOLEX al Instituto
Cervantes, en las fechas que acuerden las partes a través del grupo de trabajo previsto
en la cláusula quinta, para su depósito de forma exclusiva en el portal virtual del Instituto
Cervantes, en el caso de GEOLEXI, y compartida con el portal de la UNED, en el caso
de los materiales didácticos digitales, conforme a lo dispuesto en la cláusula 7.ª
Tercera. Obligaciones de las partes.
En virtud del presente convenio, las partes se comprometen a realizar las
obligaciones que asumen a través de sus propios medios y recursos materiales y
humanos.
La UNED, para la realización de la colaboración objeto del presente convenio,
aportará mediante la participación de su personal en las actividades del equipo
INVOLEX, la asesoría en la implementación de la marcación, ampliación y acotación
léxica geolectal de los inventarios de las «Nociones específicas» del PCIC, que llevará a
cabo el Instituto Cervantes; la ampliación de la base de datos y los contenidos de la
herramienta de consulta virtual GEOLEXI; y la creación de materiales didácticos
digitales, dedicados a la adquisición léxica, en el ámbito del español con fines
profesionales.
Asimismo, la UNED aportará hasta un máximo de nueve mil euros (9.000 euros) para
la financiación de dichas actividades y del resto de los gastos derivados de la ejecución
del presente convenio, conforme a lo establecido en la cláusula cuarta y en el cuadro de
gastos que figura como anexo al presente convenio. Se estima que participarán (por la
UNED) en dichas actividades entre tres y seis personas.
El Instituto Cervantes, por su parte, facilitará la fluida comunicación con el personal
del centro que implemente la ampliación y acotación léxica geolectal de los inventarios
de las «Nociones específicas» del PCIC. Asimismo, pondrá su Plan curricular a
disposición del equipo INVOLEX para que pueda llevar a cabo las tareas necesarias
para la ampliación de la citada herramienta GEOLEXI y la creación de materiales
didácticos digitales, dedicados a la adquisición léxica, en el ámbito del español con fines
profesionales.
Igualmente, el Instituto Cervantes aportará hasta un máximo de dieciocho mil euros
(18.000 euros) para la realización objeto del presente convenio, conforme a lo
establecido en la cláusula cuarta siguiente.
El personal que participe en la ejecución del proyecto de colaboración objeto del
presente convenio seguirá bajo la dirección y dependencia de la parte a la que esté
ligada por relación laboral o de servicios, sin que, en modo alguno, tal relación se
modifique por efecto de este convenio.

cve: BOE-A-2024-26891
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Núm. 308