Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-26889)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el Consorcio de la Zona Franca de Santander.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 178913

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
26889

Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y el Consorcio de la Zona Franca de Santander.

El Abogado General del Estado y la Delegada Especial del Estado en la Zona Franca
de Santander han suscrito un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo
la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 13 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y el Consorcio de la Zona Franca de Santander
2 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8 d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, doña Ainoa Quiñones Montellano, actuando en nombre y representación
del Consorcio de la Zona Franca de Santander, con domicilio social en calle Antonio
López, s/n, 39009 Santander y NIF Q3900824H, en su condición de Delegada Especial
del Estado en la Zona Franca de Santander, cargo para el que fue nombrada en virtud de
Orden HAC/272/2024, de 20 de marzo (BOE núm. 73, de 23 de marzo), y de acuerdo
con la resolución del Pleno del Consorcio de fecha 13 de noviembre de 2020.

Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos autónomos y
a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos que constituyen el
sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General del Estado pueda
prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un convenio.

cve: BOE-A-2024-26889
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