Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-26795)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de las categorías de Celador/a y Pinche.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 176630
Empleado Público, así como las normas que se dicten en su desarrollo. El régimen de
prestación de servicios será el legalmente establecido.
10.
Norma final
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Dirección del INGESA en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que en caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 13 de diciembre de 2024.–La Directora del Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria, Isabel Muñoz Machín.
ANEXO I
Relación de plazas
Grupo
Denominación de la
categoría/especialidad
Localidad
N.º plazas cupo
general
N.º plazas cupo
reserva
N.º total
de plazas
AP
Celador/a.
Ceuta.
1
1
AP
Pinche.
Ceuta.
1
1
ANEXO I.A
Titulaciones requeridas
A efectos de titulación/especialidad, se tendrá en cuenta que se deberá poseer el
título de Certificado de Escolaridad o equivalente, expedido por el Ministerio competente,
o estar en condiciones de obtener dicho título, habiendo finalizado la formación exigida
para su obtención, dentro del plazo de presentación de solicitudes. Las personas
aspirantes con titulación obtenida en el extranjero, deberán acreditar que están en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario (Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, BOE del 22).
Descripción del proceso selectivo
Concurso de méritos
1.1 El concurso va dirigido a evaluar las competencias profesionales de las
personas aspirantes, y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo
que se publica como anexo III, de los méritos que acrediten las personas aspirantes,
referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes del proceso selectivo.
cve: BOE-A-2024-26795
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO II
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 176630
Empleado Público, así como las normas que se dicten en su desarrollo. El régimen de
prestación de servicios será el legalmente establecido.
10.
Norma final
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Dirección del INGESA en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que en caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 13 de diciembre de 2024.–La Directora del Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria, Isabel Muñoz Machín.
ANEXO I
Relación de plazas
Grupo
Denominación de la
categoría/especialidad
Localidad
N.º plazas cupo
general
N.º plazas cupo
reserva
N.º total
de plazas
AP
Celador/a.
Ceuta.
1
1
AP
Pinche.
Ceuta.
1
1
ANEXO I.A
Titulaciones requeridas
A efectos de titulación/especialidad, se tendrá en cuenta que se deberá poseer el
título de Certificado de Escolaridad o equivalente, expedido por el Ministerio competente,
o estar en condiciones de obtener dicho título, habiendo finalizado la formación exigida
para su obtención, dentro del plazo de presentación de solicitudes. Las personas
aspirantes con titulación obtenida en el extranjero, deberán acreditar que están en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario (Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, BOE del 22).
Descripción del proceso selectivo
Concurso de méritos
1.1 El concurso va dirigido a evaluar las competencias profesionales de las
personas aspirantes, y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo
que se publica como anexo III, de los méritos que acrediten las personas aspirantes,
referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes del proceso selectivo.
cve: BOE-A-2024-26795
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO II