Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2024-26797)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para la estabilización de empleo temporal, por el sistema de concurso, en la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de diciembre de 2024
4.
Sec. II.B. Pág. 176641
Tribunal
El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a
esta resolución. Se publicará en los lugares previstos en el apartado 6 un breve
currículum de cada uno de los miembros del mismo. Además, podrá disponer la
incorporación a sus trabajos de asesores especialistas conforme a la valoración de los
méritos de cada Cuerpo o Escala que se convoca.
El Tribunal calificador podrá publicar un cronograma orientativo sobre el desarrollo
del proceso selectivo.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de que
algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión al órgano
convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta
circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la fase de concurso, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus
reuniones deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las
calificaciones otorgadas en el concurso y actuará de acuerdo con lo establecido en la
oferta de empleo público, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la Subdirección General de
Recursos Humanos e Inspección de Servicios, paseo de la Castellana n.º 63, 28071
Madrid, dirección de correo electrónico: procesosselectivos@inclusion.gob.es.
5.
Solicitudes
5.1 A las solicitudes de participación en el proceso selectivo y las tasas por
derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el apartado decimocuarto
de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, así como el Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
5.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo
de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud
cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes
apartados.
5.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
5.4 La solicitud de participación en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar
electrónicamente, utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de
Acceso General en la URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, y siguiendo las
instrucciones del anexo IV.
Los aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y,
en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de
este proceso selectivo exclusivamente a través de medios electrónicos, en cumplimiento
con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
cve: BOE-A-2024-26797
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
4.
Sec. II.B. Pág. 176641
Tribunal
El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a
esta resolución. Se publicará en los lugares previstos en el apartado 6 un breve
currículum de cada uno de los miembros del mismo. Además, podrá disponer la
incorporación a sus trabajos de asesores especialistas conforme a la valoración de los
méritos de cada Cuerpo o Escala que se convoca.
El Tribunal calificador podrá publicar un cronograma orientativo sobre el desarrollo
del proceso selectivo.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de que
algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión al órgano
convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta
circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la fase de concurso, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus
reuniones deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las
calificaciones otorgadas en el concurso y actuará de acuerdo con lo establecido en la
oferta de empleo público, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la Subdirección General de
Recursos Humanos e Inspección de Servicios, paseo de la Castellana n.º 63, 28071
Madrid, dirección de correo electrónico: procesosselectivos@inclusion.gob.es.
5.
Solicitudes
5.1 A las solicitudes de participación en el proceso selectivo y las tasas por
derechos de examen les será de aplicación lo establecido en el apartado decimocuarto
de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, así como el Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
5.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo
de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar la solicitud
cumplimentada electrónicamente y presentada en el modo establecido en los siguientes
apartados.
5.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
5.4 La solicitud de participación en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar
electrónicamente, utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de
Acceso General en la URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, y siguiendo las
instrucciones del anexo IV.
Los aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y,
en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de
este proceso selectivo exclusivamente a través de medios electrónicos, en cumplimiento
con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
cve: BOE-A-2024-26797
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308